Por considerar que existen indebidas e incorrectas interpretaciones del ordenamiento jurídico colombiano en el fallo de tutela emitido por parte de la Sala Civil de Restitución de Tierras del Tribunal Superior de Bogotá, que incluso “indujeron a error” al presidente de la República, Juan Manuel Santos, para restituir al señor Gustavo Petro Urrego como alcalde de Bogotá, la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Suprema de Justicia que suspenda de manera inmediata dicho fallo mientras decide en segunda instancia la tutela.
El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado manifestó que la argumentación para que se suspenda el fallo y se revoque, posteriormente, se basa en tres (3) puntos fundamentales:
· “La Sala Civil de Restitución de Tierras interpreta de manera indebida e incorrecta el bloque de constitucionalidad. Es claro que las medidas cautelares no hacen parte del bloque de constitucionalidad; lo que hace parte del bloque de constitucionalidad es el Pacto de San José y las medidas cautelares están fundadas en el reglamento interno (de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos) y, como consecuencia de ello, pretenden que el reglamento interno haga parte del bloque de constitucionalidad y no es así”.
· “Desconoce de manera deliberada las reiteradas decisiones de los organismos de cierre: De la Corte Constitucional, del Consejo de Estado, del Consejo Superior de la Judicatura. Incluso, digo deliberada, porque funda su decisión en un salvamento de voto cuando las jurisprudencias de las altas cortes han definido la competencia que tiene la Procuraduría General de la Nación en materia disciplinaria de los funcionarios públicos, incluidos los de elección popular”.
· “La decisión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos reconoce derechos o ampara derechos del señor alcalde de Bogotá, no de sus electores. Por tal razón no tiene legitimidad el tutelante, el ciudadano, al cual se le protegen unos derechos que ya el Consejo de Estado había decidido”.
Agregó el jefe del Ministerio Público que “hay una circunstancia aún más dramática: la Sala de Restitución de Tierras indujo al error al señor presidente de la República porque deja indemne la destitución y deja intacta la inhabilidad. Indujo al presidente para reintegrar a un funcionario destituido e inhabilitado”.