La Superintendencia Nacional de Salud ordenó la medida de vigilancia especial por el término de un año a Capital Salud, tras realizar un análisis de los riesgos financieros, administrativos y de salud de la EPS que opera en el régimen subsidiado y que tiene concentrada su población afiliada principalmente en Bogotá.
Capital Salud deberá presentar a la entidad un plan de acción en el que establezca todas las acciones a implementar durante el término de la medida para subsanar en el menor tiempo posible los aspectos que la motivaron, entre los que se encuentran:
Riesgos Financieros
La entidad presenta un deterioro de sus indicadores financieros con respecto al promedio de entidades del régimen subsidiado.
En la actualidad, la EPS no cumple con las condiciones de solvencia.
Capital Salud realiza la autorización de giros directos a las IPS por debajo del porcentaje establecido en la normatividad vigente.
Riesgos Salud – Operativo
No existe una gestión adecuada para garantizar el acceso y oportunidad en la atención.
Falta de gerencia oportuna del riesgo en salud debido a un desconocimiento de su población y de sus condiciones de morbi-mortalidad.
La EPS no cuenta con cobertura de red de prestación de servicios para la totalidad de su población.
Comportamiento de Peticiones, Quejas y Reclamos (PQRD)
Capital Salud registra un porcentaje de participación de PQRD del régimen subsidiado con el 7,82%
El crecimiento porcentual de las PQRD entre enero y septiembre de 2015 en comparación con el mismo periodo del año inmediatamente anterior, fue del 82.14%
El motivo de mayor recurencia en quejas para la EPS Capital Salud es la restricción en el acceso a los servicios de salud, particularmente falta de oportunidad para la atención, demoras en la autorización y restricción en el acceso por fallas en la afiliación.
Dentro del seguimiento y monitoreo al cumplimiento del plan de acción, Capital Salud debe presentar a la Delegada de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, un informe mensual de gestión dentro de los primeros 5 días de cadas mes durante el término de la medida.
Adicionalmente, Capital Salud debe dar cumplimiento a las condiciones de giro directo para las EPS que se encuentran en medida de vigilancia especial y por tanto, asignará el 80% de los recursos que percibe por la Unidad de Pago por Capitación a los hospitales públicos y privados que atienden a sus afiliados.