La Superindustria ordenó la suspensión de las llamadas “esferas acuáticas” tras realizar un estudio en el que se evidenció que el uso de dichos productos conlleva riesgos contra la vida y seguridad de sus usuarios.
En la resolución No. 47629 del 3 de agosto de 2012, la entidad ordenó de manera preventiva a quienes vendan o presten servicios de uso y alquiler de estos juegos, que suspendan inmediatamente y durante sesenta días su producción y comercialización.
La autoridad de vigilancia advirtió que el incumplimiento de la disposición implica la imposición de multas sucesivas de hasta mil salarios mínimos legales mensuales vigentes.
De igual manera, la Superintendencia sostuvo "la medida preventiva decretada sobre el juego de entretenimiento que se investiga, se fundamenta en los incidentes que fueron reportados en Colombia y la alerta internacional emitida por la organización U.S. Consumer Product Safety Commission- CPSC-(Comisión para la Seguridad de los Productos de Consumo de Estados Unidos)”.