Una sentencia de tutela proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga le ordenó al Ministerio de Justicia y al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) la reubicación de los internos de la cárcel de Palmira, Valle del Cauca.
El Fallo expresa que en un término improrrogable de un mes “se deberá definir un plan de trabajo para que en un plazo perentorio de dos años (en caso de remodelación o ampliación del penal) o tres años (si se construye uno nuevo), se reubique el personal de internos a fin de erradicar la sobrepoblación carcelaria actual y brindar condiciones de vida y salubridad, acorde con la dignidad humana de los reclusos del citado centro carcelario”.
La sentencia también ordena al director del establecimiento penitenciario y carcelario de Palmira “adelantar las gestiones necesarias ante las autoridades competentes para garantizar mejores condiciones de salubridad y atención médica de los reclusos”.
De la misma forma, exhorta al Ministerio de Justicia y del Derecho a que “adelante las gestiones necesarias ante el Congreso de la República para que frente a la política criminal que adopte a futuro, alcance el respaldo económico necesario para contrarrestar la sobrepoblación carcelaria y garantizar el respeto por la dignidad humana de los internos recluidos en los establecimientos penitenciarios del país”.
El amparo constitucional fue interpuesto ante la grave situación de hacinamiento que se presenta en ese centro de reclusión, diseñado para albergar 1.254 internos y que actualmente cuenta con 2.029 reclusos (una sobrepoblación del 161,8%); lo que vulnera flagrantemente los derechos fundamentales constitucionales a la vida, salud, integridad personal y dignidad humana de este grupo de colombianos.
El defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora, recordó que actualmente 12 centros penitenciarios y carcelarios del país no pueden recibir nuevos reclusos, por órdenes judiciales similares a la que acaba de tomar el Tribunal Superior de Buga.