Los fallos de la Sección Quinta del Consejo de Estado en que anule la elección de gobernadores son de única instancia, aclaró ayer la presidenta de ésta Sección, la magistrada Lucy Jeanette Bermúdez. No obstante, mirando el caso de Guido Echeverri en Caldas, esto no impide que estos mandatarios se puedan mantener en el cargo unos meses más por la vía de presentar recursos.
Ya son dos los gobernadores posesionados el 1° de enero de este año a los que la Sección Quinta del Consejo de Estado les anula su elección al concluir que estaban inhabilitados para ocupar el cargo: Guido Echeverri, en Caldas; y Oneida Pinto en La Guajira.
El pasado martes, la Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Oneida Rayeth Pinto Pérez como gobernadora de La Guajira, dándole la razón de esta manera a una demanda que se presentó argumentando que la Gobernadora violó la prohibición contenida en los artículos 38.7 y 39 de la Ley 617 de 2000, según la cual, quien resulte elegido alcalde no podrá inscribirse como candidato a cualquier cargo de elección popular mientras detente tal dignidad ni tampoco dentro de los 12 meses siguientes.
Indicó el Consejo de Estado en un comunicado que “la demandada fue elegida como alcaldesa del municipio de Albania (La Guajira) para el período 2012-2015 y ocupó tal dignidad hasta el 21 de julio de 2014, fecha en la que le fue aceptada la renuncia presentada. Pese a lo anterior, la señora Pinto Pérez el 25 de junio de 2015 se inscribió como candidata a la gobernación de La Guajira para las recientes elecciones territoriales de 2015”.
En ese sentido, Clara Goenaga, abogada de la gobernadora Pinto, a pesar de que dijo que recibieron con “extrañeza” el fallo porque según ella el Consejo de Estado no valoró los argumentos que presentó la defensa en el curso del proceso, aseguró que acatarán la sentencia “para no hacerle daño al departamento y ni llevarlo a un limbo jurídico”.
No obstante, Goenaga dijo que “revisaremos las opciones jurídicas” frente a la decisión del Consejo de Estado.
Una situación diferente se presenta con el gobernador de Caldas, Guido Echeverri, quien se mantiene en el cargo a pesar de que el pasado 10 de marzo, la Sección Quinta del Consejo de Estado le anuló su elección al encontrar demostrado que fue reelegido siendo que está prohibida la reelección inmediata de gobernadores, de conformidad con lo establecido en el Artículo 303 de la Constitución Nacional.
El Gobernador de Caldas ocupó por primera vez ese cargo por 543 días tras ser elegido en el año 2011 y hasta mayo del 2013 cuando el Consejo de Estado anuló su elección por incurrir en violación al régimen de inhabilidades, dado que su esposa había ejercido el cargo de Secretaria de Hacienda de Manizales 12 meses antes de las elecciones en que fue elegido como mandatario regional.
En la siguiente contienda electoral, en el año 2015, Guido Echeverri presentó nuevamente su nombre a consideración de los caldenses, logrando por segunda vez consecutiva ser elegido como Gobernador del departamento, cargo que ocupa desde el primero de enero de 2016 y del cual debía quedar suspendido a partir del 10 de marzo pasado y hasta tanto la Sección Quinta del Consejo de Estado tome una decisión de fondo en la demanda de nulidad electoral que cursa en su contra.
Empero, el gobernador Echeverri se mantiene todavía en el cargo porque su defensa y otros particulares presentaron recursos contra la decisión del Consejo de Estado.
El exmagistrado de la Corte Constitucional, Humberto Sierra Porto, apoderado del Gobernador de Caldas, presentó el recurso de reposición.
También fue presentado un memorial por varios ciudadanos solicitando ser reconocidos como terceros para intervenir en este proceso. De igual forma, un abogado radicó una solicitud de nulidad y saneamiento del proceso; en tanto que otro profesional del derecho presentó recurso de reposición a la suspensión provisional y formuló recusación en contra de uno de los magistrados del Consejo de Estado.
Hacen claridad
La magistrada Lucy Jeanette Bermúdez le dijo a W Radio que “las decisiones que toma la Sección Quinta frente a los actos de elección con respecto a los gobernadores, las decisiones se toman en única instancia”.
No obstante, como se vio en el caso del Gobernador de Caldas, los recursos que puedan presentar los abogados de los mandatarios regionales suspendidos o que les ha sido anulada su elección pueden terminar frenando los efectos de estas decisiones de la alta Corte.