Nuevos ‘micos’ en reforma a la Salud | El Nuevo Siglo
Miércoles, 21 de Mayo de 2014

En la ponencia de la reforma a la Salud, y que está siendo revisada por el Gobierno y los Representantes a la Cámara, se descubrieron nuevos ‘micos’ y que forman parte de la ponencia positiva en la Comisión Séptima de la corporación para el trámite del tercer debate.

Además de suprimirse cerca de la mitad de los artículos, en el texto llama la atención un artículo nuevo, que se titula ‘Saneamiento de Deudas y Capitalización de las Entidades Promotoras de Salud en que Participen Cajas de Compensación Familiar’.

Allí se pretende revivir un ‘mico’ que ya se había intentado aprobar en la ‘Ley de Cuentas Maestras’, a finales del 2012, que propone que los recursos entregados a las Cajas de Compensación Familiar, correspondientes al 4 % de los parafiscales, establecidos para programas de promoción y prevención, sean utilizados para capitalizarla sus EPS y para pagar sus deudas.

En el artículo se indica que “para efectos del saneamiento de las deudas que tengan las Entidades Promotoras de Salud con participación de las Cajas de Compensación Familiar… deberán destinar parte de la contribución parafiscal establecida en los artículos 11 numeral 1°, y 12 numeral 1°, de la Ley 21 de 1982”.
Adicionalmente precisa que dentro de este mismo término “se podrán utilizar estos recursos para capitalizar las Entidades Promotoras de Salud propias” (la denominada integración vertical), programas de administración del Régimen Subsidiado de Salud o las Entidades Promotoras de Salud en las que tengan participación las Cajas de Compensación Familiar.

Para lo anterior se usarían recursos de la ley de las vigencias de 3 años desde que se aprobó la ley en 2011, “que no hayan sido utilizados en los propósitos definidos en la Ley o girados al Fosyga a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley”.

Otro de los ‘micos’ tiene que ver en que se le quita la función de las afiliaciones a la unidad de Gestión denominada Salud MIA y se le otorga a las EPS, que se conocerían en un futuro como Gestoras, lo que les daría la autonomía sobre el tema y quitaría la centralización de esta función que se supone que era una de las misiones del fondo propuesto por el Gobierno.

Otra de las funciones que se le quita con este nuevo texto a Salud MIA es la de las auditorías, de manera que las Gestoras podrán constituir entidades para esta función, determinando que se paga, a quien y porque conceptos, lo que promueve la integración vertical, teniendo en cuenta que se podrían autorizar sus propios pagos sin ningún filtro o control.

Es así como se propone que el Fondo Salud MIA deberá “contratar auditorías externas en cada Área de Gestión Sanitaria para hacer seguimiento a las funciones de los diferentes actores” y no lo haría por cuenta propia.

También se eliminó “adelantar las auditorías para el reconocimiento y pago de servicios de salud”, de manera que no sería necesario auditar las cuentas para pagarlas.
Otro de los cambios importantes que se puede observar en el texto es al tema de los Gestores de Salud, donde se agrega que “podrán operar en diferentes Áreas de Gestión Sanitaria constituyéndose como unidades de negocio independiente y contar con un número mínimo de afiliados en cada Área de Gestión Sanitaria”.

Lo anterior permitiría que al ser unidades de negocio independiente, una Gestora, se pueda liquidar en una región o zona específica, sin perjuicio para la razón social o la entidad en general y con la afectación correspondiente a los usuarios que queden sin la atención respectiva.