Nuevas condenas en el caso de las “chuzadas” | El Nuevo Siglo
Lunes, 22 de Septiembre de 2014

En el caso de las interceptaciones ilegales del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS), hoy en supresión, fueron condenados el director de Inteligencia entre 2003-2004, el coordinador del Grupo de Verificaciones y Difusión (Gruve), adscrito a la Subdireccion de Operaciones de esa entidad; el subdirector de Contrainteligencia entre septiembre y diciembre de 2004, y el jefe de oficiales de la Subdireccion de Fuentes Humanas.

 

Se trata de Giancarlo Auque de Silvestri, director de Inteligencia de la época, a quien el Juzgado Sexto Especializado de Bogotá lo encontró responsable como autor del delito de concierto para delinquir agravado y como autor impropio de los delitos de violación ilícita de comunicaciones, utilización ilícita de equipos trasmisores y receptores, abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto, por lo que le impuso una pena de 9 años y 10 meses de prisión.

 

En igual sentido se pronunció con respecto a Mario Orlando Ortíz Mena, para entonces, coordinador del Grupo de Verificaciones y Difusión (Gruve) e Ignacio Moreno Tamayo, jefe de oficiales de la Subdirección de Fuentes Humanas, a quienes condenó por su autoría en las conductas punibles de concierto para delinquir agravado, violación ilícita de comunicaciones, utilización ilícita de equipos de transmisores y receptores y abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto.

 

Por estos delitos Ortíz Mena y Moreno Tamayo deberán permanecer privados de la libertad 9 años y 7 meses.

 

En cuanto a Eduardo Aya Castro, coordinador del Gruve adscrito a la Subdirección de Operaciones del DAS, el juzgador lo halló culpable, en calidad de autor, del delito de concierto para delinquir agravado imponiéndole una pena de 7 años de prisión.

 

En el fallo también se estipuló que Giancarlo Auque de Silvestri, Mario Orlando Ortiz Mena, Ignacio Moreno Tamayo, Rodolfo Medina  Alemán y Eduardo Aya Castro quedarán inhabilitados para el ejercicio de cargos públicos por espacio de cinco años y que deberán pagar a las víctimas 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes como indemnización por daños y perjuicios.

 

En la decisión judicial el togado absolvió a Rodolfo Medina Alemán y Eduardo Aya Castro por el delito de abuso de autoridad por acto arbitrario o injusto  y declaró la prescripción de los delitos de violación ilícita  de comunicaciones, utilización ilícita de equipos de transmisores y receptores.

 

El juicio corresponde a la denuncia realizada por las interceptaciones telefónicas o denominadas “chuzadas” y los seguimientos financieros, que al parecer, por medio de organismos de inteligencia del Estado se hizo en contra de magistrados, políticos, profesores, sindicalistas y periodistas.