En un momento en que comenzó la cascada de solicitudes de libertad por parte de exparamilitares alegando que ya cumplieron la pena alternativa de 8 años de prisión, el fiscal general, Eduardo Montealegre, dijo que "el Estado no puede incumplir lo pactado".
Consideró que el hecho de que en la mayoría de los casos no se haya dictado sentencia, no es excusa para no conceder la libertad a estas personas que se acogieron a los beneficios de la Ley de Justicia y Paz. "Creo en términos muy populares que el Estado no le puede hacer ‘conejo’ al paramilitarismo, no le puede hacer ‘conejo’ a las autodefensas en el proceso de paz donde lo que sobresale es la confianza, la verdad jurídica".
No obstante, el Jefe del órgano de control aclaró que es necesario revisar caso por caso, "donde se encuentre que no hayan cumplido con las autoridades, que no hayan confesado todos sus delitos y que sigan delinquiendo, pues no tendrán derecho a la libertad".
En los últimos días se conoció que por lo menos 400 exparamilitares, entre ellos 14 jefes de bloque, cumplirán este año la pena alternativa de 8 años de prisión contemplada en la Ley 975 de 2005, por medio de la cual el gobierno de Álvaro Uribe llevó a cabo la desmovilización de los grupos paramilitares que operaron en Colombia durante casi dos décadas, dejando a su paso miles de muertos, especialmente a través de masacres, su método preferido para someter a la población civil que consideraba era auxiliadora de la guerrilla.
En este sentido se dio cuenta de que ya hay una docena de solicitudes de libertad por parte de los desmovilizados.
En días pasados, el vicefiscal Jorge Perdomo dijo sobre el reto que se presenta a la justicia en este momento por las más de 400 personas que pedirían su libertad por pena cumplida, que "es importante aclarar que ellos no tienen una libertad inmediata, lo que tienen es una expectativa de libertad en la medida en que hayan cumplido con los requisitos que establecieron las leyes de desmovilizaciones, es decir primero que hayan contado la verdad, segundo que hayan denunciado o entregado bienes".
Los exparamilitares que ya cumplieron los 8 años de prisión, y que desde este punto de vista estarían listos para salir a la calle, hacían parte de bloques que operaban en el sur de Bolívar, Córdoba, Santander, Norte de Santander, Atlántico, Tolima, Bogotá e Itagüí.
Entre las más de 400 personas que ya podrían solicitar su libertad están Edward Cobo Téllez, alias ‘Diego Vecino’, cabecilla del bloque Central Bolívar; Úber Enrique Bánquez Martínez, alias ‘Juancho Dique’, cabecilla del bloque Central Bolívar; Iván Roberto Duque, alias ‘Ernesto Báez’; Jesús Ignacio Roldán Pérez, alias ‘Monoleche’; Ramón María Isaza, alias ‘El Viejo’, comandante de las autodefensas del Magdalena Medio; Luis Eduardo Cifuentes, alias ‘El Águila’; Édgar Ignacio Fierro Flores, alias ‘Don Antonio’, comandante del frente José Pablo Díaz del bloque Norte; Rafael Salgado Merchán, jefe de los Llanos Orientales, conocido con el alias de ‘El Águila’.
Finaliza prórroga
En el año 2012 el Congreso de la República aprobó una reforma a la Ley de Justicia y Paz con el objeto de prorrogar por dos a años la vigencia de esa norma, teniendo en cuenta que ante el reto que significa para el aparato judicial la desmovilización de más de 30 mil integrantes de los grupos paramilitares, cientos de ellos después de varios años en la cárcel no habían tenido la oportunidad de decir la verdad por demoras en el proceso judicial, uno de los requisitos para hacerse acreedor a la pena alternativa.
Sin embargo, la prórroga de la Ley de Justicia y Paz también definió de mejor forma las causas por las cuales los postulados perderían los beneficios. En este sentido indica que la persona podrá solicitar la libertad después de “haber permanecido como mínimo ocho años en un establecimiento de reclusión con posterioridad a su desmovilización, por delitos cometidos durante y con ocasión de su pertenencia al grupo armado organizado al margen de la ley”; sin embargo para ello exige “haber entregado los bienes para contribuir a la reparación integral de las víctimas, si a ello hubiere lugar de conformidad con lo dispuesto en la presente ley; no haber cometido delitos dolosos, con posterioridad a la desmovilización”.