Jueves, 9 de Enero de 2014
El refugio no es procedente para los ciudadanos que se encuentran en zona de tránsito en el aeropuerto internacional El Dorado de Bogotá, indicó el Ministerio de Relaciones Exteriores, al explicar que “la petición que no podría tramitarse dado que la normatividad colombiana expresamente niega esta posibilidad cuando se trata de extranjeros en zonas de tránsito internacional”.
Además explicó que “jurídicamente no han ingresado a territorio nacional por encontrarse justamente en una zona de tránsito”.