En fallo de segunda instancia el Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Risaralda confirmó la nulidad definitiva solicitada por la Procuraduría General de la Nación de las resoluciones mediante las que se otorgó la licencia de construcción para el proyecto denominado “Edificio Zenti”.
La Delegada para Asuntos Ambientales del ente de control y la Procuraduría Judicial Ambiental y Agraria de Pereira señalaron que el Tribunal confirmó lo proferido por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito de Pereira y acogió los argumentos expuestos a propósito de la falta de respeto por el interés general, la protección del medio ambiente, la prevención de desastres y el cumplimiento del Plan de Ordenamiento Territorial.
En el mismo sentido, el Ministerio Público reiteró su llamado a las autoridades encargadas de tramitar las licencias de construcción para que respeten de forma permanente la normatividad vigente al tramitarlas, y que prevalezcan siempre el respeto por los determinantes de tipo ambiental, los requerimientos y las autorizaciones para su obtención.
Así mismo, hizo un llamado a los curadores, que se rigen con un decreto al que deben ceñirse, para que no obstante tengan presente lo señalado y en futuros proyectos se tenga siempre presente que es imperativo evitar daños a los ecosistemas naturales, preservar los recursos y garantizar condiciones ambientales para el bienestar de los ciudadanos.