TOQUE DE queda, prohibición de parrillero, restricción a bici-taxis, horario para la venta de licor y pico y cédula para movilización diaria, son entre otras las medidas ordenadas por el Ministerio del Interior para el departamento del Atlántico, respondiendo a una solicitud de orientación sanitaria enviada por la gobernadora Elsa Noguera.
La ministra del Interior, Alicia Arango Olmos, explicó que mediante la circular externa 71 de 2020, y "atendiendo la solicitud de la señora gobernadora del Atlántico, quien manifestó mediante documento de fecha 21 de junio del 2020, que: “la situación del departamento continúa siendo crítica justamente por la indisciplina social de nuestra gente y para ello, resulta necesario mantener vigentes por quince (15) días más el aislamiento preventivo obligatorio- hasta el 06 de julio- con algunas medidas adicionales”, las cuales fueron avaladas y adicionadas por el Ministerio de Salud y de Protección Social, así:"
1. Pico y cédula con dos dígitos para la movilización. Esta medida resulta efectiva toda vez que la población se organiza y sale sólo una vez a la semana a las actividades exceptuadas estrictamente necesarias.
2. Toque de queda en fines de semana y en las noches en días de semana, estableciendo excepciones que sean las estrictamente necesarias.
3. Restricción temporal en la venta y consumo de licor (Solo habilitar el consumo y venta de lunes a viernes entre 5:00 am y 8:00 am). Se ha observado que al estar permitido la venta 24 horas, la población se aprovisiona para organizar reuniones privadas y bajo el estado de alicoramiento, pierden el control de su conducta y aumentan el riesgo de contagio.
4. Limitación en uso de parrillero para motos por la alta posibilidad de contagios. Hoy más del 40% de los moto-taxistas han resultando con positivo ante las pruebas de tamizaje practicadas y siguen desplegando esta actividad.
5. Restringir la circulación de vehículos tipo motocarros y bici-coches porque no cumplen con las medidas de distanciamiento toda vez que se suben en la parte trasera más de dos personas.
6. Limitación especial para el Atlántico respecto a los próximos días sin IVA establecidos para las fechas 3 y 19 d julio de 2020, se permita la adquisición de los bienes sólo por medios electrónicos.
7. Cierre temporal de las actividades de comercio, con excepción de los proveedores de medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal para hogares y hospitales, equipos y dispositivos de tecnologías en salud.
8. Restringir la comercialización presencial en los almacenes de grandes superficies, de bienes distintos a medicamentos, productos farmacéuticos, insumos, productos de limpieza, desinfección y aseo personal.
Adicional a las medidas arriba mencionadas y otras que las autoridades locales del Atlántico implementen, el Ministerio de Salud y de Protección Social, recomienda:
1. Suspender temporalmente cualquier iniciativa de apertura de otros sectores.
2. Intensificar las campañas que fomenten la responsabilidad social y la disciplina de la población en la práctica de las medidas de autocuidado, distanciamiento físico efectivo, lavado de manos y uso de tapabocas permanente.
3. Articular las acciones del plan de mitigación de la pandemia para el departamento y distrito con las entidades administradoras de planes de beneficios, abarcando no solo la expansión de capacidades institucionales para la atención de los casos, sino también de los procesos de vigilancia y control sanitario.
4. Intensificar las acciones de vigilancia en salud pública en la central de abastos y plazas de mercado, establecimientos de comercio y áreas portuarias, los cercos epidemiológicos en los barrios críticos, el incremento de la oferta de pruebas diagnósticas, y otras medidas de mitigación con la provisión de mercados y ayudas para la población más vulnerable en confinamiento.
5. Fomentar el uso amplio de la aplicación CoronApp, integrado a la estrategia de monitoreo, por parte de empleados y población general.
6. Extender un llamado y desarrollar una estrategia extensiva de comunicación a la población del departamento del Atlántico en especial de la ciudad de Barranquilla, sobre la necesidad urgente de atender las normas de no aglomeración, distanciamiento social responsable y autocuidado.
Sobre las excepciones de circulación, la jefe de la cartera explicó que se mantienen las establecidas en el artículo 3 del Decreto 749 de 2020, adicionales a las dispuestas en el artículo del 3 del Decreto 636 de 2020, prorrogado por el Decreto 689 de 2020.