Por vulneración de datos personales de un usuario, la Superintendencia de Industria y Comercio ratificó la multa impuesta a la EPS Sanitas S.A.S. por $894.365.280.
En este caso, un ciudadano se quejó porque algunos de los datos personales suministrados a Sanitas fueron modificados por esta EPS sin su autorización, causándole perjuicios.
Durante la actuación administrativa se comprobó la modificación del formulario de afiliación del Titular, cambiando su municipio de residencia (Bogotá) a uno distinto (Tabio) al que él había reportado inicialmente y por lo tanto, no conservó los datos personales del denunciante bajo las condiciones de seguridad necesarias para impedir su alteración fraudulenta.
Lo anterior generó el traslado del usuario a otra institución prestadora de salud en ese municipio de Cundinamarca, lo que significó la pérdida de procedimientos médicos que estaba adelantando, así como la necesidad de desplazarse de Bogotá a Tabio para poder recibir los servicios.
Asimismo, el ciudadano tuvo que presentar varias solicitudes a Sanitas para que corrigieran su información, petición que la EPS se demoró en hacer efectiva 10 meses, cuando el término máximo para rectificar información es de 15 días hábiles.
La entidad enfatizó en que no puede convertirse en práctica empresarial que el usuario tenga que insistir varias veces para que se garantice el respeto de sus derechos.
"Una sola solicitud debe ser suficiente y le corresponde al Responsable hacer efectivo el derecho de las personas dentro de los plazos máximos legales establecidos", resaltó la Superindustria.
A través de la Resolución 77049 de 2020 se resolvió el recurso de apelación presentado y se confirmó la decisión adoptada por esa Autoridad. A continuación puede consultarlo: