Este lunes la Secretaría de Planeación radicó ante la Corporación Autónoma Regional (CAR), el Plan de Ordenamiento Territorial, el documento que, de ser eventualmente aprobado por el Concejo de Bogotá, definirá la forma en la que se ordenará el territorio en la ciudad capital.
Para agilizar su proceso y cumplir un cronograma que espera que este documento llegue al Cabildo Distrital en el mes de agosto, estas dos entidades han venido haciendo de manera regular reuniones de asistencia técnica, en las cuales la CAR le ha ido entregando a la Secretaría de Planeación información no solo sobre los determinantes ambientales, sino también sobre las metodologías que deberán tenerse en cuenta en los estudios de riesgo.
“Esos son los elementos y a nosotros hasta el momento no nos han entregado ni borradores ni nada, solamente han sido charlas para solucionar inconvenientes para que cuando el documento llegue aquí, tengamos solucionado absolutamente todo, todas las diferencias que puedan existir especialmente con relación a las metodologías y los determinantes ambientales que es lo que nosotros tenemos como competencia”, le dijo a EL NUEVO SIGLO José Miguel Rincón, director de Gestión del Ordenamiento de la CAR Cundinamarca.
Ahora bien, ¿cuál será, a partir de este martes, el cronograma del Plan? De acuerdo con Rincón, después de que la Secretaría de Planeación presente los estudios con los estudios de riesgo, la CAR “no es que nosotros lo aprobemos o no lo aprobemos, sino que le hacemos observaciones y revisamos que estén correctos y que atiendan a la metodología establecida por la norma”, indicó el director de Gestión, quien añadió que la semana antepasada la CAR agregó un nuevo documento bajo esas observaciones y ahorita está siendo revisando por la corporación.
Determinantes
En lo que se enfocará la revisión de la CAR será en los determinantes ambientales. No obstante, ¿exactamente qué son y por qué son tan importantes en el marco de la elaboración de este documento?
Los determinantes ambientales están definidos en documentos denominados Planes de Ordenación y Manejo de Cuencas, que establecen la planeación del uso coordinado del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna, y la ejecución de obras y tratamientos.
“Ese documento tiene todos los elementos principales que debe tener y que se deben respetar desde el punto de vista ambiental. En este orden ideas, nosotros por ejemplo estamos hablando de los Cerros Orientales y del Río Bogotá. Los cerros tienen una resolución por parte del Ministerio que los declara zona de protección y por esa razón el Plan de Ordenamiento Territorial, de igual forma, tiene que tener esa directriz y tiene que cumplir con los mismos lineamientos”, añadió Rincón, quien también indicó que deberán ser considerados otros elementos como el río Salitre, el río Fucha, la quebrada Torca, el humedal Guaymaral etc.
“Eso es en lo que nosotros nos fijamos. Pero adicional a ello existen otros elementos que se tienen que tener en cuenta como el sistema de tratamiento de aguas residuales. Nosotros tenemos una norma que se llama el Plan de Saneamiento y manejo de Vertimientos y nos tiene que coincidir absolutamente todo, de todos los instrumentos que hay, porque no se puede modificar absolutamente nada. En Torca se van a construir unos planes parciales porque esa es una zona de expansión. Pero esos planes parciales tienen que estar incorporados a un tema de alcantarillado y acueducto. Eso es lo que nosotros tenemos que evaluar”, finalizó diciendo José Miguel Rincón, director de Gestión del Ordenamiento de la CAR Cundinamarca.