Incierta es en este momento la fecha en que se realizará la primera audiencia pública del trámite de modificación del Plan de Manejo Ambiental para el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea, después de que un juez ordenara suspenderla provisionalmente al atender una tutela que presentaron campesinos de Nariño, alegando que se vulneraría su derecho a la participación pues se tenía prevista realizarla de forma virtual.
Como consecuencia el reinicio de las fumigaciones desde avionetas a la coca sigue embolatada tras haberse suspendido hace cerca de 5 años.
La intención del gobierno Duque es reactivar este año las fumigaciones con glifosato pues considera que es la herramienta idónea para avanzar con mayor rapidez en la erradicación de los cultivos de coca, que crecieron en la administración Santos, pero que la actual tampoco ha logrado revertir este hecho.
Un reciente informe de la Casa Blanca indicó que Colombia cerró en el año 2019 con 212.000 hectáreas de coca, presentando un crecimiento, pues en 2018 la cifra fue de 208.000 hectáreas. Por su parte Naciones Unidas indica que al cierre de 2018 Colombia tenía 169.000 hectáreas de coca.
La tutela fue presentada por la Asociación de Cacaocultores del Municipio de Policarpa, Nariño, contra la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA-, la cual convocó a una audiencia pública ambiental virtual, es decir no presencial, para el próximo 27 de mayo, dentro del trámite de modificación del Plan de Manejo Ambiental para el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea.
La ANLA decidió hacer de forma virtual esta audiencia, así como tres reuniones informativas que ya ser realizaron, debido a las restricciones que hay por la Emergencia Sanitaria que declaró el Gobierno desde marzo pasado para controlar la propagación del nuevo coronavirus, en lo cual una de las premisas es el distanciamiento social que lleva a prohibir reuniones de más de 50 personas.
No obstante los campesinos de Nariño, región que se tiene previsto por parte del Gobierno iniciar las aspersiones aéreas con glifosato, argumentaron en su tutela que con esta audiencia virtual se vulnerarían los derechos fundamentales a la participación, a la consulta previa y al debido proceso de las comunidades que se verían afectadas por el programa que se pretende implementar, dado que la mayoría de habitantes no cuentan con acceso a servicio de internet o a herramientas que faciliten una verdadera participación en los canales dispuestos por la ANLA.
El Juzgado Primero de Familia de Pasto en un auto dictó medidas cautelares suspendiendo la realización de la audiencia virtual programada para el próximo 27 de mayo, y de esta forma garantizar la participación de la población que le permita manifestarse sobre este programa de fumigación aérea de cultivos ilícitos.
En el correspondiente auto la juez señaló que ante la inminencia de un perjuicio irremediable se suspende la audiencia, pues si se efectuara podría ser considerada como inconstitucional, al vulnerar los derechos fundamentales invocados.
Dos tutelas más fueron impetradas contra dicha audiencia, una también en el municipio de Policarpa por la Asociación de Limoneros y otra por 88 organizaciones de distintas regiones del país.
Como consecuencia a la ANLA le cabe impugnar este fallo de tutela, si así lo considera, o convocar una audiencia presencial, aunque no es fácil por las restricciones del distanciamiento social, lo que implicaría adoptar unos protocolos de bioseguridad que garanticen que los cientos de personas que asistirían no se contagien.
La modificación del Plan de Manejo Ambiental para el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea, que fue adoptado en 2001, fue solicitada por la Policía Nacional a la ANLA, pues de acuerdo al pronunciamiento de las altas Cortes (Consejo de Estado y Corte Constitucional), esta es una actividad que debe someterse a control y seguimiento por parte de las autoridades ambientales.
No es fácil
El camino para que la administración de Iván Duque logre reactivar las fumigaciones aéreas a los cultivos ilícitos está lleno de retos porque la Corte Constitucional en la Sentencia T-236 de 2017 fijo 6 condiciones al gobierno de turno, con el objeto de que no se afectara la salud de las personas ni el medio ambiente. Una vez se tenga listos los requisitos debe solicitar permiso al Consejo Nacional de Estupefacientes.
Previamente, el 14 de mayo de 2015, este organismo aprobó la suspensión de las aspersiones aéreas con glifosato, acogiendo la recomendación que elevó el Ministerio de Salud después de que el entonces presidente Santos tomara esa decisión basada en el principio de precaución, pues por esos días la Agencia Internacional para la Investigación en Cáncer IARC (por sus siglas en inglés), clasificó al herbicida glifosato como “probablemente carcinogénicos para humanos”.