Con el fin de proteger la vida de la población civil, la comunidad y, en particular, de los líderes y lideresas sociales, personas defensoras de derechos humanos y firmantes de paz; el Gobierno Nacional estableció los Puestos de Mando Unificado Por la Vida, PMUV, como Mecanismo interinstitucional para atender las situaciones de orden público en las regiones.
Según la circular externa del 3 de septiembre de 2022, emitida de manera conjunta entre el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa Nacional, el Gobierno Nacional en cabeza del presidente de la República Gustavo Petro, les señaló a los gobernadores y alcaldes distritales y municipales, las facultades con las que cuentan para solicitar el auxilio, acompañamiento y articulación de la Fuerza Pública para conservar la seguridad, la convivencia y el orden público en sus regiones.
Es por ello, que la puesta en marcha de los PMUV tendrá una labor temporal, inicialmente de 100 días, con sesiones que podrán ser semanales e itinerantes, y contarán con el acompañamiento de la comunidad internacional y de organizaciones de la sociedad civil.
“Son múltiples las alertas tempranas que recaen sobre sus municipios, se torna imperativo que sean ustedes quienes coordinen, presidan y dirijan cada Puesto de Mando Unificado Por la Vida, lo cual implica que soliciten de todas las autoridades del orden nacional que haga presencia en sus territorios, dictando los lineamientos que permitan el restablecimiento del orden público y por ende la protección de la vida de la población en riesgo”, puntualiza la circular.
Estos PMUV tendrán entre sus objetivos, minimizar los riesgos sobre los defensores de derechos humanos y firmantes del acuerdo de paz, generar protección inmediata a esta población, identificar los factores de riesgo, crear una hoja de ruta y cronograma de actividades en materia de prevención y protección, y llevar a sus territorios toda la institucionalidad nacional.
Este nuevo mecanismo interinstitucional deberá contar siempre con el acompañamiento de delegados permanentes del Ministerio del Interior, Ministerio de Defensa, Unidad Nacional de Protección, Oficina del Alto Comisionado para la Paz, Fuerzas Militares, Policía Nacional, y particularmente, de la UNIPEP (Unidad Policial para la Edificación de la Paz).
También, deberá garantizar la participación de mínimo dos delegados/as de organizaciones que integran las mesas territoriales de garantías y de la subcomisión de garantías y derechos humanos de la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular; y en caso de territorios con presencia de pueblos étnicos y campesinos un delegado/a de organizaciones indígenas, campesinas, afrodescendientes, defensoras de derechos humanos, de mujeres, sociales y comunitarias con presencia en el territorio.
Además, estos PMUV podrán tener invitados permanentes como la Procuraduría General de la Nación, Fiscalía General de la Nación, Defensoría del Pueblo, Personerías municipales, Comisión de Paz del Senado de la República, así como la comunidad internacional, Oficina de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Misión de Verificación de la Paz de la ONU, ONU Mujeres y Misión de Observación de Paz de la OEA.
- Le puede interesar: Insisten en Congreso en reformar elección para órganos de control
Funciones específicas de los Puestos de Mando Unificado por la Vida:
i) Valorar semanalmente diagnósticos de riesgo en la zona según información disponible y actualizada. (se tendrán en cuenta informes de ONU DDHH, autoridades locales, Alertas Tempranas, entre otros)
ii) Activar las rutas de protección y prevención según sus competencias (Decreto 2252 de 2017)
iii) Impulsar la activación de los diferentes programas de protección en cabeza de la UNP (individual, colectiva, Programa integral de garantías para mujeres lideresas y defensoras, a las y los integrantes de los partidos políticos que surgieron del tránsito de las FARC-EP a la actividad política legal, sus actividades y sedes, a las y los antiguos integrantes de las FARC-EP que se reincorporaron a la vida civil, así como a las familias de todos los anteriores de acuerdo con el nivel de riesgo) con prioridad en el marco del Puesto de Mando Unificado por la Vida.
iv) Coordinar con la Policía Nacional el despliegue de acciones preventivas para la protección de comunidades, personas defensoras, liderazgos sociales y firmantes del acuerdo de paz y los lugares donde los mismos habitan o realizan su labor.
v) Solicitar al Ministerio de Defensa, para que a través del comando general de las fuerzas militares y de la UNIPEP de la policía nacional genere acciones de coordinación que permitan mitigar el riesgo como anillos de protección y acciones concretas para la seguridad de los lugares donde se ubican o se encuentran los firmantes del acuerdo de paz, comunidades y defensores de DDHH en riesgo.
vi) Solicitar a Fuerzas Militares acciones concretas para la protección de firmantes del acuerdo de paz, comunidades y defensores o defensoras de DDHH en riesgo.
vii) Gestionar ante la UNP la realización de CERREM en la región priorizada.
viii) Solicitar al Ministerio del Interior asistencia técnica para la implementación del Programa Integral de Seguridad y Protección para Comunidades y Organizaciones en los Territorios Decreto 660 de 2018.
ix) Comunicar a la Unidad Especial de Investigaciones de la Fiscalía General de la Nación las afectaciones a personas reincorporadas que tenga conocimiento el PMUV con el propósito de que se impulsen las acciones investigativas a las que haya lugar; así mismo, se solicitará su intervención, en el marco de sus competencias, cuando se tenga conocimiento de hechos o agresiones en contra personas con liderazgo social y defensoras de derechos humanos.
x) Buscar una colaboración armónica con las guardias étnicas y demás autoridades territoriales para acciones de prevención y protección de líderes, defensores y firmantes del acuerdo.
xi) En casos que se estime pertinente se impulsarán y adoptarán acciones humanitarias (reubicación temporal a personas en riesgo, coordinación interinstitucional para la conectividad, atención a población confinada).
xii) Toma, realización e impulso de denuncias penales y disciplinarias, que se discutan en el marco de la instancia.
xiii) Impulsar actos de reconocimiento al ejercicio de la labor que ejercen los defensores y líderes sociales en sus municipios y departamento.