Por considerar que el artículo 44 de la Ley del Presupuesto General de la Nación 2020 se puede prestar para interpretaciones erróneas, el presidente Iván Duque lo objetó por inconveniencia.
Esta era una de las peticiones del movimiento estudiantil que ha promovido el paro durante estos días porque el artículo 44 pretendía que con dinero de las universidades se pagarán las demandas contra el Estado.
Así, en una comunicación dirigida a los presidentes de Senado, Lidio Arturo García Turbay, y de la Cámara de Representantes, Carlos Alberto Cuenta Chaux, el Jefe de Estado recordó que las objeciones al artículo 44 de la Ley de Presupuesto se hacen dentro de los términos establecidos por la Constitución y la Ley, y recuerda que como el trámite de la iniciativa se inició en la Cámara, será la plenaria de esta corporación la encargada de analizar las observaciones a este aparte de la legislación.
El artículo objetado por el Presidente establece: "en virtud de la autonomía consagrada en el artículo 69 de la Constitución Política, las universidades estatales pagarán las sentencias o fallos proferidos en contra de la Nación con los recursos asignados por parte de esta, en cumplimiento del artículo 86 de la Ley 30 de 1992".
El Gobierno consideró en la misiva al Capitolio que la norma puede generar diversas interpretaciones en su aplicación, ya que "un entendimiento correcto de la medida sugiere que esta tiene como propósito que las universidades públicas, al igual que todas las entidades estatales que tienen a su cargo la administración de recursos públicos, sean las encargadas de atender los fallos y sentencias proferidas en su contra, y realizar la apropiación presupuestal correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 192 y 195 de la Ley 1437 de 2011. (...) Para tal efecto, los recursos para el pago de los mencionados fallos son asignados por el Presupuesto General de la Nación".