El Consejo de Estado negó las medidas cautelares solicitadas por el Ministerio de Salud contra 26 Entidades Promotoras de Salud (EPS), argumentando que no se demostró la vulneración de derechos colectivos ni el riesgo al derecho a la salud.
La solicitud del Gobierno se basaba en un informe de la Contraloría General que revelaba una deuda de 25 billones de pesos de estas EPS al sistema de salud, junto con el incumplimiento de indicadores financieros establecidos por la ley.
El informe de la Contraloría destacaba el presunto incumplimiento de las EPS en el régimen de inversión de las reservas técnicas, lo que según el Minsalud, podría vulnerar derechos colectivos como la defensa del patrimonio público, el acceso eficiente a servicios públicos y la prestación adecuada de servicios de salud.
A pesar de que el Gobierno sustentó la petición de la medida cautelar con cifras del informe antes mencionado, el Consejo de Estado determinó que no existe una vulneración de un derecho colectivo o la puesta en riesgo del derecho a la salud.
En otras palabras, el argumentó no demostró que existiera un peligro suficiente para establecer una medida cautelar. "El demandante acude a distintos informes y comunicados de prensa emitidos por la Superintendencia Nacional de Salud y la Contraloría General de la República, lo cierto es que dichos documentos no constituyen una prueba sumaria que acredite la ocurrencia del hecho," aclara el alto tribunal.
En el documento de la Contraloría, se destacaba el supuesto incumplimiento de dichas EPS al Régimen de Inversión de las reservas técnicas. Según argumentó el Minsalud, el no pago de estas deudas estaría vulnerando los derechos colectivos pues las fallas que empezarían a presentar atentan contra la defensa del patrimonio público, el acceso a los servicios públicos, así como a que la prestación de los servicios sea eficiente y oportuna.
Para el Consejo de Estado, no se demostró que existiera un peligro de tal magnitud que fuera necesaria una medida cautelar. Además, el tribunal destacó que no existen normas superiores que hayan sido señaladas como violadas, ni pruebas aportadas con la solicitud de la medida cautelar que den cuenta de lo que argumenta el Minsalud. "Para dilucidar el fondo del asunto se requiere hacer un análisis más profundo, un estudio detenido de las disposiciones que se aducen como trasgredidas en el concepto de la violación contenido en la demanda, los argumentos de defensa que invoquen las entidades demandadas, y demás aspectos que no pueden desarrollarse al resolver la solicitud de medida cautelar," indicó el Alto tribunal.
Las EPS involucradas en esta solicitud incluyen a:
1. Compensar EPS
2. Sanitas S.A. EPS
3. Famisanar EPS
4. Nueva EPS S.A.
5. Salud Total EPS
6. EPS Sura
7. Capresoca EPS-S
8. Capital Salud EPS-S S.A.S.
9. Cajacopi EPS S.A.S.
10. Emssanar EPS S.A.S.
11. Asmet Salud EPS S.A.S.
12. Coosalud ESS
13. Alianza Medellín Antioquia EPS S.A.S
14. Comfenalco Valle EPS
15. Servicio Occidental de Salud S.A.
16. Caja de Compensación Familiar del Chocó Comfachocó
17. Caja de Compensación Familiar del Oriente Comfaoriente
18. Asociación Mutual Ser Empresa Solidaria de Salud ESS
19. Caja de Compensación Familiar del Valle del Cauca-Comfenalco Valle EPS
20. Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia
21. Unidad de Servicio Médico EPM-Entidad Adaptada de Salud EAS016
22. Caja de Compensación Familiar Cajacopi Atlántico
23. Salud Mia EPS
24. Caja de Compensación Familiar Compensar EPS
25. Cooperativa Empresa Solidaria de Salud y Desarrollo Integral Coosalud ESS
26. Caja de Compensación Familiar del Chocó Comfachocó