Multó la Supersalud a Coomeva por 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que equivalen a $877 millones de pesos, por no garantizar la realización oportuna de un procedimiento quirúrgico a un paciente de 78 años.
Los hechos se presentaron en 2018, cuando la EPS autorizó el reemplazo total de cadera del paciente, procedimiento que no se le fue practicado, lo que derivó en una queja ante el ente de control.
La Supersalud indicó que la tutela interpuesta por el paciente fue fallada a su favor en julio de ese año, sin embargo la entidad no cumplió con la orden judicial ni con los requerimiento de la delegada de Protección al Usuario.
Además, afirmó que la cirugía no se había llevado acabo en noviembre de 2018, a lo que Coomeva explicó que se presentó el atraso por problemas de carácter administrativo con las IPS habilitadas.
El delegado de Procesos Administrativos de la Superintendencia, Andrés Evelio Mora, señaló que la EPS no garantizó la realización oportuna del procedimiento quirúrgico requerido por el usuario, quien es sujeto de protección especial por ser un usuario de la tercera edad.
“Además, se abstuvo de dar cumplimiento a lo ordenado por el Juzgado Noveno Civil Municipal de Cali y no atendió de manera oportuna en este caso los requerimientos de la Entidad, sobre este particular”, afirmó.