La Superintendencia de Industria y Comercio sancionó a la Clínica Uros S.A.S. por infringir el régimen de control de precios de medicamentos y dispositivos médicos al venderlos por encima del precio máximo fijado.
Mediante la Resolución 52054, fechada el 6 de septiembre de 2024, se determinó que la clínica deberá pagar una multa de $557.668.724, equivalente a 439 salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la sanción.
La decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio se fundamenta en una revisión exhaustiva de la facturación de Clínica Uros. entre octubre de 2021 y junio de 2022. Durante este periodo, se descubrió que la clínica vendió 46 stents coronarios medicados a precios que superaban los máximos establecidos en la Circular 02 de 2016, emitida por la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos.
Por ejemplo, el stent coronario medicado Ultimaster Tansei, cuyo precio máximo de venta era de $3.540.341,70, fue comercializado a $4.579.785, lo que representa un incremento del 29,36%.
Los stents coronarios son dispositivos médicos cruciales utilizados para tratar el estrechamiento de las arterias coronarias, mejorando el flujo sanguíneo al corazón y reduciendo el riesgo de reestenosis. La Superintendencia ha enfatizado que el régimen de control de precios es una medida vital para garantizar la eficiencia en el uso de recursos públicos en el sector salud y para asegurar que los medicamentos y dispositivos médicos sean accesibles a la población.
La entidad declaró que las sanciones impuestas tienen como objetivo proteger derechos fundamentales como la salud y la vida, que se ven amenazados por el acceso limitado a dispositivos médicos debido a precios excesivos. La Superintendencia dejó claro que el acceso oportuno a estos dispositivos es esencial, especialmente en un contexto donde la insuficiencia financiera del sistema de salud puede comprometer la atención adecuada a los pacientes.
Ante esta situación, la clínica tiene la opción de presentar recursos de reposición y apelación contra el acto administrativo sancionador