Luego de que el 10 de octubre la jueza 30 de garantías de Bogotá, Clara Ximena Salcedo, decretara la libertad de Uribe argumentando que no puede haber privación de la libertad sin una imputación de cargos, el senador Iván Cepeda manifestó que si bien respetaba la decisión de la justicia, no la compartía.
Por esto, manifestó, en una de las pausas de esa audiencia haciendo uso de sus redes sociales, que apelaría la decisión. Esto lo hizo en compañía de quienes comparten con él la calidad de víctimas dentro del proceso, es decir el exfiscal Eduardo Montealegre y el exvicefiscal Fernando Perdomo.
De esta forma, en este momento, el Juez Cuarto Penal del Circuito de Bogotá está definiendo esta apelación.
Siga aquí el minuto a minuto de lo que sucede:
9:30: El Juez continúa su argumentación. Dice el juez que "la función de garantías no defiende jerarquía judicial y que hay dos bloques argumentativos. Estos son: la indagatoria no equivale a imputación y que existen diferencias entre la investigación que se realiza en ley 906 y en ley 600.
10:00: En resumen, el juez aseguró que en la primera instancia, no se violó el precedente de transito de leyes debido a que cuando existen diferencias entre los casos anteriores al que se está analizando, es posible y legítimo "considerar vinculante el precedente". Dice además que el debate debe centrarse en el principio de favorabilidad y legalidad.
10:10: Continúa el juez y asegura que la ley 906 permite a la persona investigada aceptar los cargos y obtener la rebaja de pena. Esto, sin embargo, dice que esto en la ley 600 no es igual.
10:13: "Hay identidad sustantiva en ambas leyes en cuanto a vinculación del imputado para definir medida de aseguramiento", aseguró el juez.
10: 20: Asegura el juez que no se "puede obligar a la Fiscalía a realizar la formulación de una acusación sin haber imputado". Esto porque ambas guardan una relación directa.
10:30: Sobre el punto de la defensa en el que asegura el decaimiento de los actos procesales probatorios, dice el juez no hay lugar.
10:31: Juez asegura que las pruebas que fueron recaudadas por la Corte Suprema no tienen una pérdida de validez. Además aseguró que sí se cumplieron todos los requisitos para vincular al exsenador al proceso, contrario a lo que aseguró la Fiscalía.
10:33: El siguiente paso es, de acuerdo con el juez, que la Fiscalía presente el escrito de acusación, preclusión, principio de oportunidad u otros.
10:36: Dice el juez que es improcedente restablecer el derecho a la libertad del expresidente.
10:40: El juez dice que la primera instancia tiene razón al asegurar que "las medidas de aseguramiento no son similares entre la ley 906 y la ley 600".
10:50: Dice además el juez que no hay imposibilidad de equiparar la ley 906 y la ley 600. Sin embargo, dice que no sucede lo mismo con la medida de aseguramiento debido a la existencia de lineamientos constitucionales diferenciales. Añade que los requisitos para imponer la medida de aseguramiento en la ley 600 son completamente diferentes a los que se establecen en la ley 906, por lo que privarle la libertad al exsenador "sería inconstitucional". Es decir, asegura que la ley 600 carece de la regulación de privación de la libertad a diferencia de la ley 906.
11:00: Juez decide revocar de forma parcial la decisión en primera instancia y mantiene la libertad de Álvaro Uribe porque las condiciones de ambas leyes no coinciden. De igual forma, también mantiene la imputación. Además, el Juez también negó la solicitud del exfiscal Montealegre de compulsar copias al presidente de la República y al fiscal Gabriel Jaimes.
Al respecto, el senador Iván Cepeda, quien se encuentra vinculado al proceso como víctima, manifestó su opinión respecto a la decisión tomada por el Juez. "A pesar de que el Juez 4o Penal de Circuito no aceptó mantener la detención de Uribe, con una impecable argumentación jurisprudencial ordenó mantener imputación y validez de la prueba practicada", aseguró.
"Queda libre, pero imputado. Respeto y acatamiento ante los jueces de la República", finalizó el senador en su cuenta de Twitter.
A pesar de que el Juez 4o Penal de Circuito no aceptó mantener la detención de Uribe, con una impecable argumentación jurisprudencial ordenó mantener imputación y validez de la prueba practicada. Queda libre, pero imputado. Respeto y acatamiento ante los jueces de la República
— Iván Cepeda Castro (@IvanCepedaCast) November 6, 2020