Un plazo de 48 horas tiene el Gobierno para otorgar "el tiempo para ejercicio físico en exteriores de los adultos mayores de 70 años, teniendo como base las consideraciones de los accionantes y de las ya denunciadas instituciones".
Esto obedece a la decisión de la juez 61 administrativa del circuito de Bogotá, Edith Alarcón, quien falló a favor de la tutela de la 'rebelión de las canas' y amparó los derechos fundamentales a la igualdad, libre desarrollo de la personalidad y libertad de locomoción.
Además, el Gobierno deberá reconsiderar, entre otras cosas, las restricciones a los mayores de 70 años hasta que la Corte Constitucional defina a fondo su legalidad, para lo cual da un plazo de 15 días hábiles a los promotores de la tutela para que tramiten ese recurso.
Cabe recordar que los accionantes habían manifestado que las medidas adoptadas por el Gobierno han sido discriminatorias y han violado los derechos de los mayores de 70 años, entre las que está la restricción para que esta población haga ejercicio al aire libre ya que sólo se les permite salir a estas actividades tres a la semana.
Además, las medidas de restricción para ellos se extendieron dos meses más que para el resto de la población, hasta el 31 de agosto de 2020.
El fallo de la tutela considera que "el hecho de que el Estado limite su libertad de locomoción, de forma más estricta que el restante de la ciudadanía, configura una conducta discriminatoria frente a los adultos mayores, razón por la cual, presuntamente el objetivo perseguido con la medida no es válido y, por ende, inconstitucional".
Por tal razón, el juzgado indica que "resulta necesario que se adopten medidas "que mitiguen los efectos físicos y mentales que el aislamiento pueda generar en los adultos mayores"