Por incumplir con su deber de hacer aportes a la verdad claros, concretos, detallados y exhaustivos sobre hechos relacionados con el paramilitarismo en la Costa Caribe, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas rechazó el sometimiento de la exsenadora Piedad Zuccardi.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tomó una decisión relevante respecto a la solicitud de sometimiento presentada por Piedad del Socorro Zuccardi de García.
En su resolución emitida el 11 de abril de 2024, la SDSJ rechazó dicha solicitud debido a que Zuccardi no cumplió con su obligación de aportar información significativa a la verdad plena, lo que es un requisito fundamental para acceder a los beneficios del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto Armado y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.
La sala ordenó regresar todos sus procesos a la Corte Suprema de Justicia donde fue acusada por tener vínculos que permitieron el ingreso y expansión del paramilitarismo en Bolívar.
También exigió a la Secretaría Judicial devolver los expedientes remitidos por la justicia ordinaria en un plazo de tres días hábiles.
Piedad Zuccardi enfrenta serias acusaciones relacionadas con su supuesta vinculación con grupos paramilitares. La Corte Suprema de Justicia la acusó de concierto para delinquir por promover estos grupos armados, señalando que hay conexiones entre su actividad política y el paramilitarismo.
La Corte encontró evidencias que sugieren que Zuccardi confabuló con sus abogados para crear una estrategia defensiva en respuesta a presiones sobre testigos que podrían relacionarla con actividades ilegales.
En un intento por defenderse, Zuccardi llevó su caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), alegando violaciones a sus derechos fundamentales durante el proceso judicial.