Son 29 las investigaciones a candidatos de elección popular por eventuales infracciones a la regulación de protección de datos del país que inició la Superintendencia de Industria y Comercio, en su rol de autoridad nacional para la protección de datos.
A través de un comunicado la Superintendencia informó que las decisiones fueron tomadas luego que se presentaran 38 denuncias ciudadanas ante la entidad y se tomaran algunos casos evidenciados por redes sociales.
Frente a las quejas presentadas, el 47% se ha trasladado a los partidos políticos para que respondan directamente las peticiones de los ciudadanos, mientras que en el otro 47% se han solicitado pruebas a los denunciantes y a los denunciados, y en el 6% restante se han requerido explicaciones a los candidatos y a los partidos.
El 87% de las personas que interpusieron una queja ante la Superintendencia manifestó que no dieron autorización a los candidatos para que usaran su información con fines de proselitismo político, mientras que otro 8,6% de los ciudadanos se quejaron por el uso de imágenes de menores en publicidad política y el 4,4% por difamación política.
Las ciudades en las que más se presentaron quejas ante esta autoridad fueron Bogotá, Medellín, Popayán, Soacha, Cali y Bucaramanga.
La Superintendencia de Industria y Comercio anunció que estará atenta de resolver todas las denuncias. Para el efecto, les solicitó a los ciudadanos que antes de radicar su queja a la entidad presenten una reclamación ante el candidato y/o el partido político, quienes deberán responderle dentro de los 15 días hábiles siguientes a partir del día siguiente a la fecha de recibo de la misma de conformidad con lo previsto en el artículo 14 de la ley 1581 de 2012. El éxito de las investigaciones dependerá, en buena medida, de las pruebas y datos exactos que puedan entregar los ciudadanos a la autoridad.
En caso de que se encuentre que existió una violación de las normas de protección de datos, la Superintendencia de Industria y Comercio puede imponer multas institucionales o personales de hasta 2.000 salarios mínimos legales vigentes.
Desde el 3 de julio la Superintendencia remitió un oficio a todos los partidos políticos para que respeten la regulación sobre recolección, uso y tratamiento de datos personales en las campañas políticas que se desarrollaron el domingo.
Entre varias cosas, se les solicitó únicamente contactar a personas respecto de las cuales tengan prueba de la autorización previa, expresa e informada que exige la Ley 1581 de 2012 para poder recolectar, usar o tratar sus datos personales –privados, semiprivados o sensibles– para fines de publicidad política.
También se les pidió respetar y garantizar el derecho de supresión de los datos personales de contacto cuando son utilizados para fines de marketing o publicidad política, así como suspender el uso de datos de contacto –dirección electrónica, número telefónico– para fines publicitarios, cuando así lo requiera o solicite el titular de dichos datos personales.
Además, la Superintendencia recomendó impartir instrucciones a los candidatos y personas a cargo de la publicidad de las campañas políticas para que las actividades de marketing electoral se realicen cumpliendo todo lo que ordena la Ley 1581 de 2012, especialmente que se respeten los principios, derechos, garantías y procedimientos previstos en dicha ley estatutaria.
En el pasado, la Superintendencia impuso dos multas a candidatos por uso de datos sin autorización de los ciudadanos. La primera fue de $9.240.000 y la segunda por $10.341.825 tal y como consta en las resoluciones 54599 del 15 de septiembre de 2014 y 13790 del 29 de marzo de 2016.