La Superintendencia de Transporte impartió ocho órdenes administrativas a la Cooperativa de Transportes Velotax Limitada (sometida a control), debido a la crítica situación de orden jurídico, presentada tras el reconocimiento de la ineficacia de las decisiones contenidas en las Actas 78 (3 de marzo de 2016) y 81 (21 de noviembre de 2017), realizadas en Asamblea General de Asociados.
Según el Superintendente de Transporte, Ayda Lucy Ospina Arias, “la Entidad ejerce de manera rigurosa sus funciones de inspección, vigilancia y control frente al cumplimiento de las normas vigentes del sector, por ello, los aspectos societarios de las empresas que prestan el servicio de transporte público son de especial interés para la SuperTransporte, debido a que involucran a muchos actores".
También agregó que "en este caso en específico, hemos emitido varias decisiones en pro de la defensa de la buena fe de los involucrados en las actividades de esta cooperativa al haberse configurado el fenómeno jurídico de la ineficacia respecto de las decisiones contenidas en las actas de la Asamblea General de Asociados de Velotax con ocasión del pronunciamiento por parte del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, Sala Civil de Familia”.
Órdenes administrativas impartidas:
- La SuperTransporte ordenó a la Cooperativa de Transportes Velotax que en un término de 30 días diseñe y entregue una matriz con un inventario:
- De las decisiones y actuaciones adoptadas en las Actas 78 del 3 de marzo de 2016 y 81 del 21 de noviembre de 2017 de la Asamblea General de Asociados de las situaciones de hecho afectadas por estas ineficacias.
- De los efectos jurídicos de cada una de las decisiones y actuaciones relacionadas.
- De las acciones a implementar respecto de cada una de las decisiones y actuaciones relacionadas, incluyendo aquellas en protección de derechos de buena fe.
- El cronograma para implementación de cada una de dichas acciones a implementar.
- Comunicar el contenido de la Resolución:
- A las personas que se encontraban asociadas a la Cooperativa para la fecha de la celebración de las asambleas general de asociados contenidas en las actas 78 del 3 de marzo de 2016 y 81 del 21 de noviembre de 2017.
- A quienes ostentaban la calidad de administradores antes de las decisiones adoptadas mediante las actas de Asamblea General de Asociados 78 del 3 de marzo de 2016 y 81 del 21 de noviembre de 2017.
- Indicar los canales, números telefónicos de atención, correos electrónicos, página web, dirección física, y horarios de los que dispondrá para atender a los interesados.
- Publicar en la página principal de su sitio web el contenido de la Resolución, de forma que el público en general pueda tener noticia de aquel.
- Adelantar el procedimiento de convocatoria a una asamblea general extraordinaria de asociados, encaminada a superar la situación crítica derivada de la configuración de los presupuestos de ineficacia de las Dicha Asamblea deberá llevarse a cabo dentro de los dos meses posteriores a la notificación de la orden administrativa.
- Allegar al día hábil siguiente al vencimiento del término dispuesto para el cumplimiento de cada una de las ordenes, los respectivos soportes a la Superintendencia de Transporte.
- Garantizar la continuidad de la prestación del servicio público de Transporte.
- El incumplimiento a la presente orden administrativa dará lugar a la imposición de sanciones conforme lo establecido en el numeral 3 del artículo 86 de la Ley 222 de 1995.
Antecedentes y línea de tiempo
La SuperTransporte ordenó el sometimiento a control de la Cooperativa de Transportes Velotax Limitada a través de la Resolución 8374 del 17 de marzo de 2016 por un término de 6 meses, la cual fue prorrogada por término indefinido mediante la Resolución 58725 del 27 de octubre de 2016 y ampliada en las causas de su motivación a través de la Resolución 6353 del 17 de marzo de 2017. Lo anterior, luego de encontrar evidencias de situaciones críticas en el manejo contable, financiero y societario de la Cooperativa en la época de los hechos.