Hechos jurisdiccionales que marcaron entes de control en 2019 | El Nuevo Siglo
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Jueves, 26 de Diciembre de 2019
Redacción Nacional
Corte ratificó facultad de la Procuraduría para destituir funcionarios elegidos por voto popular y señaló que no es contraria a la Convención Americana sobre Derechos Humanos

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Las reformas de tipo legal en los organismos de control se dan muy de vez en cuando por el origen que tienen estas instituciones y las funciones que cumplen, sin embargo, coincidió en este año que se produjeron ajustes en varios de ellos, como fue la reforma al control fiscal en la Contraloría General de la República o el cambio del periodo del Auditor General de la República, que pasó de dos a cuatro años.

En el caso de la reforma al control fiscal se trata de una iniciativa impulsada por el contralor Carlos Córdoba, la cual se tradujo en el Acto Legislativo N. 04 del 18 de septiembre pasado aprobado por el Congreso.

Esta reforma trae entre los cambios más importantes que se dota a la Contraloría General de la función excepcional de control preventivo y concomitante, con lo cual podrá realizar un seguimiento permanente de los recursos públicos, pues hasta entonces lo que podía hacer era un control posterior.

Córdoba aseguró que con esta facultad “no queremos de ninguna manera torpedear ni dejar de hacer a los privados ni a los gestores públicos”.

De igual forma esta reforma establece que los resultados de los ejercicios de vigilancia y control fiscal, así como de las indagaciones preliminares o los procesos de responsabilidad fiscal, adelantados por las contralorías, tendrán valor probatorio ante la Fiscalía y el juez.

Además el Acto Legislativo N. 04 de este año aprobó el fortalecimiento de los recursos de la Contraloría General para que tenga  más capacidad en el cumplimiento de sus funciones.

Así mismo el Contralor General de la República anunció este año la presentación, en la próxima legislatura, de un proyecto de ley que unifica las normas de responsabilidad fiscal en un “Código de Responsabilidad Fiscal”, con el objeto de brindar tranquilidad y seguridad jurídica y disminuir la siniestralidad que deben cubrir las aseguradoras.

Fiscalía

Entre 2014 y 2016 se produjo la reforma estructural y administrativa de la Fiscalía, la cual significó la creación de más de 3.500 cargos en todas las regiones del país.

Por otra parte, esta reestructuración implicó la institucionalización de un nuevo modelo de investigación en materia penal, que desde entonces dejó de estar centrado en el caso particular para preferencialmente desbaratar y desarticular las organizaciones criminales.

No obstante los cambios no se han podido dar en materia del proceso de elección del Fiscal General, pues se dejaron de lado en el Parlamento varios proyectos de ley como dos que presentó el entonces titular en ese cargo,  Néstor Humberto Martínez, quien proponía que en caso de falta absoluta del titular por renuncia, muerte, destitución o incapacidad física, el Presidente de la República estaría facultado para designar uno interino mientras que se elegía otro.

Tampoco tuvo eco en el Congreso un proyecto que presentó el mismo Martínez para crear la figura del fiscal ad hoc  en los casos en que el jefe del ente investigador se encuentre impedido para adelantar alguna investigación.

Un cambio que sí se dio este año en el proceso para elegir Fiscal General es que fue suprimida la convocatoria pública que había  instituido el entonces presidente Santos. En este sentido el actual jefe de Estado, Iván Duque, derogó el Decreto 450 de 2016 pues argumentó que debe ceñirse a lo establecido por la Constitución del 91.

Auditoría

Este año la reforma al control fiscal modificó el periodo del Auditor General de la República, que pasó de dos a cuatro años. Como consecuencia la primera en ser cobijada por esta medida es Alma Carmenza Erazo Montenegro, quien fue elegida en el cargo en octubre pasado por parte de la Sala Plena del Consejo de Estado.

Durante la discusión en el Congreso de la reforma al control fiscal el senador del Partido Conservador, Eduardo Enríquez, dijo que “creo que la elección del señor Auditor está bien como está establecida en el régimen constitucional, pero sí debe tener un periodo de cuatro años…Que lo proponga la Corte, lo elija el Consejo de Estado y el periodo de cuatro años”.

La Auditoría General de la República es el organismo encargado de realizar control fiscal a las contralorías del país (control al control), dotado de autonomía técnica, jurídica, administrativa, presupuestal y financiera.

Procuraduría

Este año quedó claro que la Procuraduría General de la Nación sí tiene la facultad para sancionar disciplinariamente a funcionarios elegidos por voto popular por incumplimiento de las leyes y la Constitución, después de que en marzo pasado la Corte Constitucional revisara el Código Disciplinario Único de 2002.

La Corte estableció que el Ministerio Público es un órgano autónomo en sus determinaciones y dada su naturaleza “sus decisiones no son comparables con las decisiones de la administración pública”.

La Corte no acogió los argumentos de la demanda al Código Disciplinario Único de 2002, las cual señalaba que dicha norma era contraria a lo dispuesto en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al facultar al Procurador para imponer sanciones consistentes en la suspensión de los derechos políticos de los funcionarios públicos de elección popular.