El Personero de Bogotá, Andrés Castro Franco, reveló que el hacinamiento de los privados de la libertad en las estaciones de Policía y las URI de la ciudad está en el 158,6% al albergar 3.174 personas, cuando la capacidad máxima es para 1.227.
Las normas establecen que las estaciones de Policía y las URI no son centros de detención, en las primeras no deberían permanecer sino un par de horas y en las segundas, máximo 36 horas. En estos lugares hay 555 condenados, que tendrían que estar en centros penitenciarios, pero algunos llevan cerca de 4 años. Además, se encontraron 53 personas con detención domiciliaria, que permanecen allí, cuando tendrían que estar en su lugar de residencia.
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Al 30 de abril de 2024, en el complejo de Puente Aranda (celdas SIJIN, MEBOG, femeninas y URI) había 821 personas, cuando la capacidad es para 452, es decir, un hacinamiento del 81,6%. El problema se agrava, si se tiene en cuenta que en las celdas de las 5 URI restantes de la ciudad (La Granja, Kennedy, Ciudad Bolívar, Campo Verde-Bosa y Usaquén) no hay privados de la libertad.
Del total de personas privadas de la libertad, en estaciones de Policía y URI, 511 son extranjeras, 66 con sentencia condenatoria.
Por esta situación, la Personería pidió al Ministerio de Justicia y el INPEC asumir las personas condenadas y trasladar a su lugar de residencia a quienes tienen medida de detención domiciliaria, que permanecen en los centros transitorios.
Grave situación en estaciones de Policía
La situación de las estaciones de Policía es la más grave. Con una capacidad para albergar 775 personas, hay 2.348 privados de la libertad, lo que representa una sobreocupación de 202,9%.
En la Estación de Usaquén con cupo para máximo 10 personas, hay 85, un hacinamiento del 750%. Le siguen con mayor ocupación la estación de Kennedy con 370 personas, cuando la capacidad es de 60 (hacinamiento del 517%), Bosa tiene una sobreocupación del 511%, Usme de 400%, Ciudad Bolívar 348%, San Cristóbal 346%, la Terminal 330%, Rafael Uribe 238%, La Candelaria 237%, y Suba 223%.
Alimentos, salud y acceso a la justicia
En el último año, la Personería ha recibido quejas de los privados de la libertad por el suministro de raciones de comida en mal estado, que llegan tarde, incompletas, sin la calidad o estándares mínimos de higiene, incumpliendo la minuta, es decir, el menú básico establecido en el contrato con el USPEC.
La atención en salud es precaria. La posibilidad de asistir a una cita médica, reclamar medicamentos o tener atención oportuna es escasa, se debe contar con la autorización del juez y la logística para su traslado es complicada y en caso de una urgencia la atención no llega oportunamente. Los privados de la libertad en las estaciones de Policía tampoco pueden acudir a las audiencias ante las autoridades judiciales por falta de conexión a internet, en algunas ocasiones los agentes de Policía prestan sus celulares para que desde allí puedan asistir, con las dificultades que eso implica, situación que deniega el acceso a la justicia de los acusados y las víctimas.
El Personero Distrital recordó que la Corte Constitucional en 2022, extendió el Estado de Cosas Inconstitucional que se declaró sobre los centros de detención transitoria como las estaciones de policía y las URI, al encontrar allí una violación masiva y generalizada de derechos y emitió 29 órdenes para solucionar el problema que, al parecer, no se han acatado.
El ente de control está revisando precisamente los que propone el proyecto de Acuerdo del Plan de Desarrollo en el tema de hacinamiento en estos centros, justicia y seguridad.