Reglamentar los requisitos con los que debe contar el etiquetado nutricional en la cara frontal de los empaques que contienen alimentos para el consumo humano se propone el Ministerio de Salud y Protección Social.
Para ese fin, el Ministerio publicó el proyecto de resolución por el “cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano”.
Esto con el objetivo de brindar información clara al consumidor sobre el producto, para “prevenir prácticas que induzcan a engaño o error y permitir al consumidor efectuar una elección informada”.
El documento de 45 páginas explica las condiciones y casos en los que un alimento deberá colocar en la esquina superior derecha un sello que indique que este contiene altos niveles de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.
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El Ministerio explicó cada caso: se considerará alto en grasas saturadas si el alimento posee más de cuatro gramos (gr) por cada 100 gr del producto. Si tiene más de 400 mg de sodio por cada 100 gr, debe poseer el sello que indica que es alto en sal/sodio.
Con respecto a los azúcares añadidos, si el alimento es sólido y tiene más de 10 gr por cada 100 gr o si es líquido y tiene más de cinco gramos por cada 100 mililitros, tendrá que llevar el sello.
El proyecto se presenta como resultado de la propuesta que habían hecho el presidente Iván Duque y el ministro de Salud, Fernando Ruiz, en febrero, cuando aseguraron que se publicaría la reglamentación sobre el etiquetado de los alimentos procesados.
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La resolución enumeró algunos alimentos que estarían exentos, como las fórmulas para lactantes hasta los 11 meses, alimentos de propósito médico especial, productos empacados sin procesar -frutas, verduras, leguminosas, hierbas, carnes, pescados y mariscos frescos-, así como otros ingredientes culinarios como azúcar, panela, miel, vinagre, alimentos artesanales, entre otros.