Gobierno expidió decreto de porte de armas traumáticas | El Nuevo Siglo
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Viernes, 5 de Noviembre de 2021
Redacción Web

El gobierno Nacional emitió el decreto 1417 de 2021 el cual regulariza el uso y porte de armas traumáticas y partir de la fecha establece un plazo de 18 meses para que los ciudadanos legalicen las armas. 

El decreto del Ministerio de Defensa, establece que las armas traumáticas tendrán el mismo trato que las armas de fuego. En este sentido, estas armas deberán ser marcadas y registradas, así como se deberá solicitar el permiso especial para el porte o tenencia ante el Departamento de Control y Comercio de Armas y Explosivos. 

En cuanto a los comerciantes que tengan registradas en sus balances e inventarios armas traumáticas, podrán comercializarlas en un plazo de 16 meses, posteriormente. 

Del mismo modo, el comerciante deberá llevar un registro de las personas que compran estas armas con el nombre, apellido y el número de la cédula de ciudadanía, de las personas naturales. Si es una empresa quien realiza la compra deberá registrar  la razón social, número de identificación tributaria NIT y nombre, apellidos y número de la cédula de ciudadanía del representante legal. 

Así mismo, el comerciante deberá informar al adquirente la obligación de solicitar la marcación, registro y trámite para permiso de tenencia y/o porte de las armas traumáticas. 

Las armas que no estén registradas, después del plazo máximo fijado por esta ley, podrán ser incautadas por las autoridades. Los ciudadanos que no quieran acoger la ley deberán entregar las armas sin ninguna retribución por parte del estado. 



Los pasos para realizar el registro de armas es el siguiente: 

Una vez el ciudadano entregue el arma, se diligenciará un formulario de manera voluntaria donde podrá tomar las siguientes opciones:

  1. Entregar el arma, solicitar el marcaje y continuar con el trámite de registro y emisión del permiso de tenencia y/o porte del arma.
  2. Entregar el arma voluntariamente en caso de que decida no marcarla, ni adelantar el trámite de registro y emisión del permiso.

Las personas naturales o jurídicas que tengan armas traumáticas deberán realizar el marcaje de estas ante la autoridad competente en un plazo de ocho meses.

Después de dicho proceso contarán con ocho meses adicionales para presentar la solicitud de permiso de tenencia y/o porte, este término se contará a partir del marcaje y registro de cada arma traumática.

Una vez recibida el arma por parte del almacén comercial de la Industria Militar, se expide un comprobante de formato con datos del arma y se genera remisión con solicitud de trabajo a la Fábrica José María Córdova.

La Industria Militar procederá al marcaje de armas traumáticas, en el cual se debe contemplar las características de cada una de las armas, los datos de contacto del titular de la misma y el marcaje alfanumérico mediante tecnología láser en bajo relieve.