El Ejecutivo le apostará a las fumigaciones para reducir ostensiblemente 209 mil hectáreas de este vegetal
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La política antidroga que presentó el pasado jueves el presidente Iván Duque despejó las dudas acerca de si volverían las aspersiones aéreas sobre los cultivos de coca. Ahora se sabe que se acudirá a este método de choque para agilizar la erradicación de las 209 mil hectáreas que hay según las autoridades norteamericanas. También se conoció ayer que el glifosato es el herbicida que más convence al Gobierno para ser empleado, de acuerdo con los ministros de Justicia y Salud.
Por lo pronto, el Gobierno trabaja en los protocolos para que se ajusten a los exigentes requisitos que estableció la Corte Constitucional en la Sentencia T-236 de 2017 para volver a poner en práctica este método que se usó por más de tres décadas con el apoyo de Estados Unidos pero que fue suspendido hace tres años por el expresidente Juan Manuel Santos aduciendo razones de precaución por el medio ambiente y la salud humana, después de que un organismo adscrito a la Organización Mundial de la Salud (OMS) revelara estudios sobre la relación que habría entre el glifosato y el cáncer.
La ministra de Justicia, Gloria María Borrero, explicó ayer a RCN Radio que, "no hemos descartado el glifosato, es la sustancia más efectiva para la aspersión aérea. Estamos es construyendo los protocolos y dividiendo el país por zonas para evitar mayores afectaciones".
Borrero anunció que se le pedirá a la Corte una audiencia pública en enero para que vuelva a estudiar la sentencia y permita usar el glifosato. “No hay evidencia científica de que esta sustancia genere daños naturales o en la salud, y esos argumentos son los que vamos a llevar al Tribunal", dijo.
Explicó la Ministra que, “estamos recogiendo la evidencia científica de que no hay estudios contundentes que digan que el glifosato no haga daño a la salud y al medio ambiente. Sabemos que esta recopilación de información podría dar resultados positivos o negativos. Por eso la decisión en la política antidrogas es no intervenir en parques naturales y zonas cercanas a comunidades”.
“La Corte debe ponderar derechos y dejarnos usar el glifosato porque los cultivos ilícitos son los causantes de la violencia, asesinato de líderes sociales y demás, mientras que el glifosato ha demostrado ser la forma más efectiva de atacar estas plantaciones”, reafirmó.
Borrero destacó que la reanudación de las aspersiones aérea no excluye los demás métodos que hay a la mano para luchar contra el fenómeno de los cultivos ilícitos.
“Vamos a seguir con el programa de sustitución de cultivos. La erradicación voluntaria nunca estará cerrada, y rescataremos esos puntos buenos y los expandiremos. También atacaremos la importación de sustancias químicas, pero sobre todo vamos a luchar contra el consumo para rescatar a los jóvenes y adolescentes de las drogas. Se intervendrá con programas educativos de prevención, médicos, educativos y más”, señaló.
Por su parte el ministro de Salud, Juan Pablo Uribe, indicó que en el caso del glifosato “en la discusión del uso terrestre se ha podido ampliar que este herbicida con precaución se puede utilizar para esta lucha contra el narcotráfico”.
En tanto que el ministro de Defensa, Guillermo Botero, dijo que la lucha en el anterior gobierno contra los cultivos ilícitos fue insuficiente. “Encontramos que no hay aspersión aérea y había solamente 23 grupos de erradicadores de coca en todo el país. El 15 de enero arrancamos con 100 grupos, esos sí, debemos ser cuidadosos con la fumigación”, aclaró.
Añadió el Ministro de Defensa que, “los dueños de los cultivos son organizaciones criminales internacionales que tienen raíces en México. Los campesinos tiene la capacidad de sembrar, pero los grandes ganadores son las organizaciones criminales del exterior, los carteles de Colombia están menguados”.
Audiencia
El presidente de la Corte Constitucional, magistrado Alejandro Linares, indicó ayer que están a la espera de los informes del Gobierno, si es que su intención es reanudar las fumigaciones, en donde se certifique que se cumplen con los requisitos establecidos.
“Vamos a recibir la información del Gobierno y obviamente la respectiva sala de revisión o la Sala Plena tomará las medidas que sean del caso”, explicó el magistrado Linares. Añadió que en el marco de la Sentencia T-236 de 2017 es necesario convocar una audiencia pública en la cual tanto el Gobierno como otros sectores expongan sus argumentos a favor y en contra de reactivar las fumigaciones.
Exigencias de la Corte
En Sentencia T-236 de 2017 la Corte Constitucional, al dar la razón en un fallo de tutela a las comunidades étnicas del municipio de Nóvita, Chocó, que deben ser consultadas sobre los programas de aspersión de cultivos a realizarse en su territorio, estableció una serie de requisitos para reanudar el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante Aspersión Aérea con Glifosato (Pecig), que el Gobierno tendrá que cumplir para poder emplear esta herramienta.
Los requerimientos son:
- La regulación debe ser diseñada y reglamentada por un órgano distinto a las entidades encargadas de ejecutar los programas de erradicación de cultivos ilícitos, e independiente de esas mismas entidades.
- La regulación debe derivarse de una evaluación del riesgo a la salud y otros riesgos, como el riesgo al medio ambiente, en el marco de un proceso participativo y técnicamente fundado. Este proceso de evaluación deberá realizarse de manera continuada.
- El proceso decisorio deberá incluir una revisión automática de las decisiones cuando se alerte sobre nuevos riesgos. La legislación o reglamentación pertinente deberá indicar a las entidades con la capacidad de expedir dichas alertas, pero como mínimo deberá incluirse a las entidades nacionales y del orden territorial del sector salud, las autoridades ambientales y las entidades que conforman el Ministerio Público.
- La investigación científica sobre el riesgo planteado por la actividad de erradicación, que se tenga en cuenta para tomar decisiones, deberá contar con condiciones de rigor, calidad e imparcialidad, de acuerdo con los parámetros fijados en el apartado 5.4.3.4 de esta providencia.
- Los procedimientos de queja deberán ser comprehensivos, independientes, imparciales y vinculados con la evaluación del riesgo.
- En todo caso, la decisión que se tome deberá fundarse en evidencia objetiva y concluyente que demuestre ausencia de daño para la salud y el medio ambiente.