Frenó el Gobierno las exportaciones de 24 productos que son necesarios para prevenir y contener el contagio del coronavirus.
A través del Decreto 462 del 22 de marzo de 2020, se prohibió la exportación por seis meses de productos sanitarios como el alcohol, jabón, papel higiénico, guantes de uso médico o de atención, medicamentos para uso humano, desinfectantes, paños y toallas húmedas, gel antibacterial, tapabocas de varios tipos y equipos médicos de varios tipos.
Según explicó el ministro de Comercio, José Manuel Restrepo, se ha registrado una alta demanda de esos bienes que son requeridos de manera inmediata para la atención de la población, por lo que es necesario garantizar su suministro.
Por lo tanto, indicó que con el fin de garantizar la capacidad de atención de las IPS para afrontar esta emergencia sanitaria, uno de los propósitos de la norma es priorizar el acceso de estas instituciones a los insumos mencionados.
De igual manera, en la norma se establece la prohibición de la exportación o reexportación de otros bienes como gafas de protección, electrocardiógrafos, monitores de signos vitales, cunas neonatales, ventiladores, aparatos respiratorios y máscaras de protección respiratoria, equipos de rayos X y camas y camillas hospitalarias.
Finalmente, el Ministerio se comprometió a abastecer, cada mes, los 24 productos contemplado en el Decreto.