Formulan 1.952 imputaciones por delitos contra la mujer | El Nuevo Siglo
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Jueves, 24 de Agosto de 2017
Redacción Web

Para la Fiscalía los delitos que afectan a la población, que constitucionalmente merecen especial protección, deben ser una prioridad. Por ello,  el fiscal general de la Nación, Néstor Humberto Martínez, destacó la trascendencia del operativo que se desarrolla durante esta semana y con el que se pretende castigar a los presuntos responsables de los delitos por violencia sexual, feminicidio y violencia intrafamiliar.

En dicho operativo, en el que participan las 35 seccionales de la Fiscalía, se ha dispuesto la imputación de 1.952 personas de las cuales 729 tienen orden de captura.

1.    Violencia intrafamiliar

Por violencia intrafamiliar serán imputadas con orden de captura 440 personas. Las seccionales donde se presenta el mayor número de casos son:

1.1     Atlántico con 45

1.2     Cali y Magdalena, cada una con 37

1.3     Bolívar con 33

1.4     Córdoba y La Guajira con 32

1.5     Cundinamarca con 31 hechos

Según el más reciente Censo Delictivo de la Fiscalía, el delito de violencia  intrafamiliar es el tercero de mayor crecimiento en lo que va corrido del año y de acuerdo con un estudio de la Dirección de Políticas y Estrategia de la entidad entre 2006 y 2016 las denuncias por este tipo de hechos crecieron más del 400 por ciento.

Asimismo, entre el primero de enero y el 16 de agosto del presente año se han registrado 72.900 denuncias. Cali (Valle del Cauca) es la ciudad que presenta el mayor número de casos registrados en el país, que corresponde al 13.6 % del total.

Las entradas por violencia intrafamiliar al SPOA (sistema de información) han representado menos del 10% por año con respecto al total de casos recibidos en la última década:

  • 2006 y 2007: 6%
  • 2008-2013: 7%
  • 2014: 8%
  • 2015 y 2016: 9%

 

2.    Violencia sexual

Por violencia sexual serán imputadas con orden de captura 241 personas.

La Seccional de Bogotá registra el mayor número de órdenes de capturas expedidas con 89, seguido de Cali con 53, Magdalena con 18 y Cesar 15.

Entre el primero de enero y el 16 de agosto de este año se han registrado 25.499 denuncias en todo el país por delitos de violencia sexual. El 24.2% se concentró en la ciudad de Medellín (Antioquia).

 

3.    Feminicidio

En el caso del feminicidio, la Fiscalía solicitó a los jueces de garantías 48 capturas para imputación: 26 en Medellín, 10 en Bogotá, cuatro en Tolima y 3 en Putumayo, entre otras.

 

Imputaciones

Además de las 729 órdenes de captura solicitadas por los diferentes fiscales seccionales en todo el país, también se solicitaron 1.223 imputaciones por los tres delitos de violencia sexual, feminicidio y violencia intrafamiliar.

De estas imputaciones se destacan las solicitudes de:

  • 148 casos en Bogotá
  • 109 en Antioquia
  • 108 en Norte de Santander
  • 74 en Atlántico
  • 71 en Risaralda

 

Aspectos del proyecto de ley

Las múltiples investigaciones sobre el delito de violencia intrafamiliar en Colombia han puesto en evidencia una realidad que refleja  la gravedad de los casos y la frecuencia con la que ocurren. La Fiscalía General de la Nación consciente de la necesidad de fortalecer las normas y brindar nuevas herramientas que garanticen los derechos de las mujeres, niños y adolescentes víctimas, propondrá ante el Congreso de la República modificaciones al Código Penal y de Procedimiento Penal.

Los siguientes son los aspectos más destacados de la iniciativa legislativa:

1.    Sujetos activos y pasivos del delito

Se modifica el tipo penal para que comprenda las relaciones extramatrimoniales de carácter permanente, las exparejas que tienen hijos en común, así como aquellos que tienen lazos familiares aunque no convivan al momento de los hechos.

2.    Grabación de la entrevista

La entrevista será grabada o fijada en medio audiovisual o en su defecto en audio, con el fin de que sirva como elemento material probatorio en el proceso y como prueba en el juicio.

3.    Prueba

El proyecto establece que la prueba anticipada podrá practicarse en todos los casos de violencia intrafamiliar. Cuando se trate de prueba testimonial solo podrá repetirse en juicio en videoconferencia, solo si no se pone en peligro la vida o la integridad del testigo o sus familiares, o no sea posible establecer su ubicación. Para evitar la revictimización, excepcionalmente y solo cuando sea estrictamente necesario se permitirá la repetición de pruebas o elementos materiales probatorios que involucren a los sujetos pasivos del delito.

4. Agravación punitiva

La inclusión de circunstancias de agravación punitiva cuando el sujeto activo registra antecedentes penales por violencia intrafamiliar.

5. Procedimiento penal

Con el fin de promover la celeridad en la investigación penal del delito de violencia intrafamiliar, el proceso se adelantará bajo el procedimiento penal abreviado previsto en la Ley 1826 de 2017.

El funcionario del ente acusador firmó la Directiva dirigida a todos los fiscales del País con relación al  lineamiento institucional en materia de violencia intrafamiliar.

Se destacan los siguientes lineamientos:

1.    Principios generales que orientan la investigación penal del delito de violencia intrafamiliar

En la Directiva se señala siguiendo los tratados internacionales sobre derechos humanos y la jurisprudencia constitucional e internacional, que la violencia intrafamiliar no es conciliable, ni desistible, ni querellable. También se indica que este delito se debe investigar de oficio, bajo el estándar de debida diligencia.

2.    Elementos del tipo penal de violencia intrafamiliar

La Directiva señala que para que se presente el maltrato requerido por el tipo penal no es necesario que se configure un daño que consista en incapacidad, enfermedad, deformidad o perturbación psíquica. Tampoco se requiere que el maltrato sea habitual y reiterado, basta con un suceso único.

3.    Aspectos probatorios

La Directiva advierte que se deben buscar elementos probatorios adicionales al testimonio de la víctima. Indica que no se requiere una valoración previa de Medicina Legal para probar el maltrato. Señala que en la investigación del delito se deben valorar los escenarios en los que ocurren los hechos; las formas de violencia en la ejecución del delito y  las manifestaciones de violencia del perpetrador anteriores al hecho. También recomienda utilizar la prueba anticipada. Cuando se presente la retractación de las víctimas deberá establecer si existen presiones externas para hacerlo, como las amenazas el incumplimiento del pago de los alimentos o la dependencia económica de la víctima.

4.    Protección

La Directiva recuerda que es obligación de los fiscales solicitar las medidas de protección provisionales y de atención cuando existan indicios leves de violencia intrafamiliar contra la víctima y sus familiares. Cuando el solicitante o un miembro de un grupo familiar ha sido víctima de violencia. Para prevenir nuevos ataques se dispone que tan pronto se reciba la denuncia se aplicará el formato de identificación del riesgo diseñado por Medicina Legal para solicitar o adoptar las medidas de protección necesarias. Cuando las víctimas sean niños la denuncia se trasladará inmediatamente al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf), para que esta entidad inicie el proceso de restablecimiento de derechos.

Por último, la Fiscalía creó la Red Virtual de Experiencias y Buenas Prácticas Internacionales en materia de Lucha contra la Violencia Intrafamiliar con las Fiscalías de Chile, España, Francia, Perú y Reino Unido. La primera sesión de trabajo se cumplió con la Fiscalía General del Reino Unido.