La Corte Constitucional decidió dejar el proceso que corre en contra del coronel Néstor Andrés Cadena Bautista y de otros implicados por la masacre en Alto Remanso, Putumayo, en donde murieron 11 personas entre esos un menor de edad y hubo 5 heridos.
El fallo del alto tribunal indicó que se resolvió un conflicto de jurisdicciones entre dos juzgados en Puerto Leguízamo, Putumayo. Específicamente, declaró que proceso penal contra Néstor Andrés Cadena Bautista y otros debe ser conocido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Puerto Leguízamo, y no por el Juzgado 106 de Instrucción Penal Militar del mismo municipio.
La Corte, estableció que al tratarse de una investigación relacionada con violaciones a los “derechos humanos, de lesa humanidad y de infracciones al derecho internacional humanitario”, en medio de hechos ajenos al servicio, la justicia ordinaria tiene la autoridad para llevar a cabo el juicio en este caso particular.
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Recordemos que el 28 de marzo de 2022, durante la operación militar ‘MAHLON’, el Ejército se habría dado de baja a tres presuntos integrantes de la estructura, desatando un combate entre la fuerza pública e integrantes de las disidencia de las FARC, mientras se desarrollaba un festival de la población para reunir recaudos.
Mediante los combates, cayeron miembros de la población civil. La población que estuvo en medio de los hechos denunció que, momentos previos al operativo, llegaron hombres vestidos de civil que se identificaron como integrantes de las disidencias y después se pusieron la indumentaria militar.
La defensa de los investigados pidió que el caso fuera trasladado al Juzgado 106 de Instrucción Penal Militar de Puerto Leguízamo, argumentando que los acusados estaban cumpliendo su deber como miembros de la Fuerza Pública durante una operación militar específica y de acuerdo con las normas del Derecho Internacional Humanitario.