La medida cautelar del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que suspendió la sanción de la Contraloría de Bogotá al exalcalde Gustavo Petro por $217.000 millones fue anulada por el Consejo de Estado.
Sin embargo, la medida cautelar podría volverse a imponer una vez el Tribunal Administrativo de Cundinamarca subsane los vicios señalados por el Consejo de Estado.
Los magistrados consideraron que la “Sala Unitaria del Tribunal no tenía competencia para emitir esa decisión” tras analizar los argumentos que expuso esa instancia judicial para decretar la suspensión dentro del recurso que interpuso Petro contra la sanción de la Contraloría por disminuir el costo de la tarifa por el servicio de transporte integrado masivo durante las horas valle en la capital de la República.
Según el magistrado sustanciador, Oswaldo Giraldo, de la Sección Primera del máximo tribunal de lo contencioso, para este caso no se aplicó la normatividad adecuada contemplada dentro del Código de Procedimiento Administrativo.
Para Giraldo, “cuando el asunto es conocido por las corporaciones judiciales, la decisión debe adoptarse a través de la sala, excepto en los procesos cuyo trámite sea de única instancia, caso en el cual sí corresponde al ponente”.
Petro había interpuesto una acción de nulidad simple contra la sanción fiscal y solicitó la imposición de una medida cautelar para suspenderla provisionalmente mientas se decidía de fondo.
El Consejo de Estado ordenó devolver el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que este emita la decisión que corresponda.