Compensar solo atenderá a 1,6 millones de usuarios de Bogotá y Cundinamarca | El Nuevo Siglo
POR DECISIÓN de la Supersalud, la entidad de salud solo prestará sus servicios en la capital del país. Foto: Compensar EPS
Miércoles, 22 de Enero de 2025
Redacción Economía

CON LA revocatoria de la Superintendencia Nacional de Salud sobre la autorización de funcionamiento en los departamentos de Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Cauca, Meta, Norte de Santander, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca, la EPS Compensar solo atenderá a los 1,6 millones de usuarios de Bogotá y Cundinamarca y que conforman el 90% de sus afiliados.

El otro 10%, es decir 196.000 de usuarios de los otros 10 departamentos, la entidad deberá garantizar la continuidad de sus servicios hasta que se realice el traslado, y posteriormente deberá interrumpir de manera inmediata las actividades relacionadas con la afiliación como EPS.

La Supersalud aclara que no aceptan el retiro voluntario de la EPS del sistema de salud, sin embargo, delimita su funcionamiento solo a Bogotá y Cundinamarca, quitando su permiso de operar en el resto del país, debido a que es insostenible que se mantenga al 100%, ya que no logra cumplir con los indicadores financieros y de salud.

Según la determinación, se estableció que Compensar debe entregar al Ministerio de Salud y a la Superintendencia, las bases de datos que contengan la información de los afiliados, para que posteriormente la cartera de salud realice el traslado.

Los plazos

Compensar también deberá presentar un cronograma que establezca los plazos de las actividades tendientes a la conciliación, depuración y pago de la cartera con la red prestadora de servicios de salud y tecnologías en salud, incluyendo medicamentos, correspondiente a la operación corriente y no corriente.

Ante esta decisión, Compensar EPS manifestó que cumplirán la decisión de la Superintendencia de Salud, “tratando de seguir dando el servicio de la mejor manera posible, pero no es nada fácil sin financiamiento adecuado”.

A los ojos de Compensar EPS, en el sistema hay una “crisis sistémica”. De hecho, el año pasado, cuando presentó su solicitud, había explicado que esa decisión obedecía “a la compleja situación financiera que atraviesa el sistema de salud en Colombia”. Ese escenario, aseguró entonces, “no le permitía garantizar el servicio a sus afiliados en las condiciones de calidad y oportunidad que desde siempre han caracterizado a Compensar”.

Frente a la actual decisión de la Supersalud, de “revocar la autorización de funcionamiento de Compensar EPS en los 10 departamentos, Compensar señala que, pese a sus esfuerzos, “debido a las actuales condiciones del sistema de salud en Colombia”, no estaba cumpliendo algunos de los indicadores exigidos.

Aunque la Supersalud asegura que esta medida busca proteger los derechos de los usuarios, muchos temen que el proceso de transición pueda generar inconvenientes, como demoras en la asignación de citas médicas, interrupciones en tratamientos o dificultades para acceder a medicamentos.

Presupuestos máximos

Por otra parte, y respecto de las órdenes impartidas por la Corte Constitucional, relacionadas con la definición de una metodología para establecer los presupuestos máximos en salud, el Ministerio de Salud informó que expidió la Resolución por medio de la cual se establecen las disposiciones unificadas y el contenido metodológico que rige el presupuesto máximo para la gestión y financiación de los servicios y tecnologías en salud no financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) y no excluidos de la financiación con recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

De acuerdo con esto los principales cambios que se introducen son

  • Se fijó un contenido metodológico marco que incluye unos parámetros fundamentales para el cálculo del presupuesto máximo.
  • Se especifican los plazos máximos para efectuar el reconocimiento y realizar el giro respectivo de los presupuestos máximos.
  • Se incluye un proceso de verificación, monitoreo, seguimiento y control, así como un proceso de auditoría que adelantará la Adres con el propósito de proteger los recursos y fortalecer las fuentes de información para el cálculo del presupuesto máximo.
  • Se define un periodo de transitoriedad para el cálculo del presupuesto máximo de la vigencia 2025.

Así, con la expedición de esta Resolución, de acuerdo con el Ministerio de Salud, se da cumplimiento a lo dispuesto por la Corte Constitucional, y también permitirá contar con información fidedigna, verificada y auditada para la fijación del presupuesto máximo anual, garantizando no sólo la suficiencia sino la transparencia de los recursos de la salud.