A pesar de que hace cerca de dos años cuando la Corte Suprema condenó a seis años de prisión al exsenador Bernardo Miguel Elías por los delitos de cohecho y tráfico de influencias por los sobornos de Odebrecht en los contratos de la Ruta del Sol II, no consideró darle la oportunidad de una segunda instancia, a pesar de que esta garantía para los aforados constitucionales que son de su competencia ya existía por el Acto Legislativo 1 del 18 de enero de 2018, ahora el alto Tribunal determinó que es necesario que el exparlamentario pueda hacer uso de ese derecho.
"Es imperioso que la Sala (de Instrucción) actúe oficiosamente para restablecer la garantía fundamental al debido proceso del sentenciado Bernardo Miguel Elías Vidal, habilitando la posibilidad de impugnación de su condena", dijo la Corte Suprema de Justicia.
La razón por la que el proceso contra Elías no se surtió en dos instancias es que para la época no se habían activado la Sala Especial de Primera Instancia y la Sala de Instrucción porque no habían sido elegidos los respectivos magistrados. Como consecuencia fue condenado solo por la Sala Penal.
Sin embargo en agosto del año pasado la Corte Constitucional al emitir un fallo de tutela ordenó a la Corte Suprema garantizar la doble instancia al exparlamentario Martín Morales, a quien condenó a 25 años de prisión por tráfico de cocaína, aliarse con bandas delincuenciales e intentó de homicidio.
Ahora ese fallo por principio de igualdad cobijaría a Elías.
Elías fue el primer congresista en ser condenado por las coimas que por más de 90 mil millones de pesos pagó la multinacional brasileña Odebrecht a políticos y funcionarios para hacerse a contratos de obra pública. En su momento, el político se declaró responsable de los delitos de influencias de servidor público y cohecho propio, aunque se negó a aceptar concierto para delinquir agravado y lavado de activos.
Sobre estos últimos delitos sigue el proceso contra Elías y está pendiente que se precluya o sea llamado a juicio.