Corte define criterio para registro de menores víctima | El Nuevo Siglo
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Viernes, 18 de Diciembre de 2020
Redacción Nacional

La Corte Constitucional dio cinco días a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas para que incluya a una madre en el Registro Único de Víctimas (RUV) por haber perdido a su hijo en el conflicto armado.

La decisión fue adoptada al estudiar el caso de una ciudadana, cuyo hijo de 15 años de edad fue reclutado por grupos de autodefensas en octubre de 2002. Seis meses después se enteró que el menor había muerto en combate cerca al municipio de Paz de Ariporo, Casanare.

La ciudadana solicitó a la entidad ser incluida en el registro de víctimas, petición que le fue negada argumentando que el menor de edad debía ser considerado victimario del conflicto armado, puesto que el artículo 3º de la Ley 1448 de 2011 establece que “los miembros de los grupos armados organizados al margen de la ley no serán considerados víctimas, salvo en los casos en los que los niños, niñas o adolescentes hubieren sido desvinculados del grupo armado organizado al margen de la ley siendo menores de edad”. En este caso en particular, cuando el joven murió todavía pertenecía al grupo ilegal.

El alto Tribunal, con ponencia de la magistrada Gloria Stella Ortiz Delgado, explicó que el hecho de que un menor de edad muera mientras es víctima de reclutamiento forzado debe ser interpretado como una “desvinculación” en los términos de la Ley 1448 de 2011.

“Sin duda, un menor de edad que ha sido reclutado ilegalmente y que muere en combate no solo concreta la afectación más grave a sus derechos, sino que pierde la posibilidad de restablecer los derechos que les son violados mientras participan en las hostilidades”, indicó la sentencia.

La corporación criticó que la Unidad de Víctimas ponga en duda que la muerte del menor hubiese ocurrido con ocasión del conflicto armado.

La tutela le advirtió a la Unida de Víctimas que tiene la obligación de interpretar el artículo 3º de la Ley 1448 de 2011 conforme a los principios de buena fe, favorabilidad y prevalencia del derecho sustancial, y le dio tres meses para actualizar el Manual de Criterios de Valoración.