Los elementos de prueba presentados por la Fiscalía General de la Nación fueron determinantes para que la Corte Suprema de Justicia, al resolver una impugnación especial, dejara en firme la sentencia que impuso en segunda instancia el Tribunal Superior de Bogotá, el 22 de junio de 2018, contra cuatro notarios, tras revocar la decisión que los había absuelto por el delito de fraude procesal por parte del Juzgado 20 Penal del Circuito de la ciudad.
Se trata de los notarios Efraín Fandiño Marín, Luis Argemiro Velásco Ariza, William Martínez Downs y Jairo Antonio Montero Fernández, quienes se presentaron a un concurso público para el nombramiento de notarios en propiedad en 2006 y 2007, realizado por el Consejo Superior de la Carrera Notarial.
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El ente acusador demostró que, para efectos de aumentar su puntaje, estos funcionarios presentaron un certificado que los acreditaba como autores de una obra literaria, de la cual se estableció ꟷmediante las evidencias recopiladas durante el proceso judicialꟷ que más del 36 % fue plagiada de un texto publicado en 2003 por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
En este sentido, los procesados deberán cumplir con una condena a más de 6 años prisión (74 meses) y una multa de 204 salarios mínimos legales mensuales vigentes, por el delito de fraude procesal.
Además de la pena principal, les fue impuesta una inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas de 64 meses.