Fue condenada la Nación por parte del Consejo de Estado, por la responsabilidad del Ejército Nacional y el Ministerio de Defensa en un ataque armado contra la población civil en mayo de 2011 en el Caquetá.
El fallo se dio después de que familiares de las víctimas interpusieran una demanda. Dicho ataque con armas de fuego y explosivos se presentó cuando estas estas personas, entre las que se encontraban seis menores de edad, se movilizaban en una camioneta entre las veredas Floresta y El Rosal.
En los hechos, los civiles fueron atacados por una patrulla luego de que los uniformados le propinaran más de 112 disparos al automotor.
Para el Tribunal, los miembros del Ejército debieron mostrar una señal del alto al vehículo e identificar plenamente si se trataba de un objetivo militar antes de abrir fuego.
La sentencia señala que “el uso de armas de fuego se considera una medida extrema. Deberá hacerse todo lo posible por excluir el uso de armas de fuego especialmente contra niños. En general, no deberán emplearse armas de fuego excepto cuando un presunto delincuente ofrezca resistencia armada o ponga en peligro, de algún otro modo, la vida de otras personas y no pueda reducirse a detenerse al presunto delincuente aplicando medidas extremas.”
Por lo tanto, tanto el Ministerio de Defensa, como el Ejército Nacional deberán pagar 10 salarios mínimos legales mensuales vigentes como reparación a los perjuicios morales causados a los familiares de las víctimas.