El penalista le dijo a este Diario que los delitos violentos requieren un tratamiento especial
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EL NUEVO SIGLO: ¿Por el incremento de la inseguridad usted comparte endurecer las penas por los delitos que más afectan a los ciudadanos?
HUGO QUINTERO: Sí, creo que urge una reforma del procedimiento penal, no tanto lo que tiene que ver con las penas como en lo que tiene que ver con el tratamiento especial a ciertos delitos.
Uno, creo que debe haber unas circunstancias especiales en los delitos en que se usa violencia contra las personas, que deben ser tratados de una manera especialmente severa. No es lo mismo el tipo que le mete la mano en la cartera a alguien haciendo gala de cierta habilidad, en lo que llaman el cosquilleo, que el tipo que es capaz de poner una navaja en el cuello para quitar un celular. Creo que hay que ser muy severos en los delitos que tengan que ver con el uso de violencia contra las personas.
Segundo, el otro problema que hay es a nivel más macro, que es el de las organizaciones criminales. Creo que es hora de que el país vuelva a pensar, porque ya en una época lo hizo, en lo que se llama estatutos especiales, y se hagan unos estatutos contra la delincuencia organizada, contra la gran criminalidad, en donde se los trate como lo que son, organizaciones criminales. Porque es que el Código de Procedimiento Penal está diseñado sobre la base de un ideal: un sindicado, un delito, un abogado. Pero cuando son 40 sindicados, 200 delitos y 20 abogados el tema se complica mucho.
Y tercero, creo que es necesario que Colombia haga un gran replanteamiento sobre las reincidencias, porque ese tema de que una persona entre y salga de la cárcel con alguna frecuencia y se convierta la delincuencia en una forma de vida, creo que la ley debe responder a eso de alguna manera.
ENS: ¿Estaría de acuerdo en penas por delitos de cierto impacto establecer un mínimo de permanencia en la cárcel?, pues sucede que con los beneficios la persona está unos pocos años.
HQ: Pienso exactamente al revés. Creo que no debería haber penas mínimas, debe haber penas máximas. Un poco al estilo de Estados Unidos, decir de este delito la pena es hasta de 30 años. Eso permite que el juez o el fiscal tengan un margen mayor de maniobrabilidad y puedan distinguir claramente un gran delincuente de cuando es un delincuente ocasional, que es la primera vez que comete un delito.
Porque una persona que es la primera vez que se roba un par de chocolatinas y de una vez le tienen que meter seis años mínimo de prisión por un hurto agravado, pero si no se tiene una pena mínima sino una pena máxima muy alta eso permite una cierta graduación por parte del juez en cada caso concreto de la gravedad del asunto. No como está actualmente, que la ley predetermina la gravedad del asunto, sino que sea el juez y el fiscal en cada caso concreto el que determine eso.
Y eso permite también que el juez, que el fiscal, cuando piense en una negociación, pues piense en la pena que va a negociar.