Eliminó la Aeronáutica Civil la exigencia a todos los viajeros de vuelos nacionales de presentar la cédula de ciudadanía antes de abordar, al igual que presentar la denuncia por pérdida o hurto del documento.
Según resolución 00141 del 10 de enero pasado, el órgano rector de la aviación civil determinó que no es necesario presentar este documento, sino que se podrá utilizar un documento supletorio como el pasaporte, la licencia de conducción, la libreta militar o la tarjeta profesional, que logren identificar al ciudadano de manera clara.
En ese sentido, la Arenáutica Civil aclaró que el reemplazo de la cédula de ciudadanía para abordar vuelos nacionales deben documentos expedidos por una entidad gubernamental del Estado Colombiano, el cual contenga el nombre, apellido, número del documento de identidad y la fotografía del titular.
“Los anteriores documentos deberán encontrarse vigentes. Estos podrán presentarse en medio físico o digital, en este último caso, si se cuenta con interoperatividad en base de datos”, señala la resolución.
En caso de los viajeros extranjero que aborden vuelos dentro de Colombia deben presentar el pasaporte, la cédula de extranjería o algún otro tipo de documento permitido por convenios bilaterales con nuestro país.