La Alcaldía de Bogotá, a través de la Secretaría de Gobierno, comenzó a adelantar actividades de sensibilización y pedagogía electoral para que los ciudadanos conozcan las conductas sancionables en el régimen jurídico colombiano de cara a las elecciones regionales que se llevarán a cabo el 27 de octubre en todo el país.
Para ello, desde ayer y hasta el 24 de octubre, se realizarán actividades en las diferentes localidades, en cercanías a portales y estaciones de Transmilenio y en algunos centros de atención de la Red CADE y Supercade.
“La Secretaría de Gobierno inicia hoy la campaña ‘No se deje engañar: ojo con los delitos electorales’. Esta es una campaña en la que estaremos en distintos sitios de afluencia de público de Bogotá, en donde sensibilizaremos a la ciudadanía frente a los distintos delitos electorales que existen en el Código Penal y las consecuencias que tienen estos delitos”, puntualizó ayer el secretario de Gobierno, Iván Casas.
Sanciones electorales
Con esta iniciativa, la Alcaldía busca informar a los ciudadanos sobre los principales delitos electorales, establecidos en el Código Penal Colombiano (Artículos 386 a 396), modificado por la Ley 1864 de 2017, en el que se establecen varias sanciones.
“Las principales penas son carcelarias, que pueden ir de cuatro a 12 años de prisión y multas de entre $50 y $1000 millones. Es importante que la ciudadanía sea consciente de este tipo de delitos, y nosotros los hemos clasificado en cuatro grupos: los que cometen las personas individualmente; están las personas que trafican votos y manipulan cédulas; están los delitos que cometen los jurados de votación, y están los delitos de alteración de resultados y vulnerar los topes electorales”, añadió ayer el Secretario, quien se refirió a algunos de los mismos.
Delitos electorales
Perturbación de certamen democrático: perturbar o impedir mediante engaños una votación pública, su escrutinio o cabildo abierto le implicaría a la persona que cometa la infracción cárcel entre cuatro a nueve años y multa de 50 a 200 salarios mínimos vigente.
Constreñimiento al sufragante: amenazar o presionar para obtener una determinada votación o impedir el derecho a votar, es una sanción que implica cárcel de entre cuatro a nueve años y una multa de 50 a 200 salarios mínimos vigente.
Fraude al sufragante: consiste en la obtención de un determinado apoyo en votación pública mediante engaños. Su sanción es de cuatro a ocho años de cárcel y una multa de 50 a 200 salarios mínimos.
Fraude en inscripción de cédulas: lograr inscribir a otros o inscribirse para obtener provecho ilícito, como votante en localidades, municipios o distritos diferentes a los que se tiene derecho, implica una sanción de entre cuatro a nueve años de cárcel y una multa de 50 a 200 salarios mínimos.
Elección ilícita de candidatos: implica que una persona se haga elegir estando inhabilitado por decisión de autoridad judicial o administrativa y tiene la misma sanción.
Promesa de comprar el voto a través de dineros o cualquier tipo de obsequio a cambio, y también implica una sanción de entre 4 a 8 años de cárcel y multa de 200 a 1000 salarios mínimos.
Tráfico de votos: si usted ofrece votos de otros ciudadanos a cambio de dinero o beneficio; si se abstiene de votar; si hace que otros voten en determinado sentido en mecanismo de participación ciudadana; si hace que voten en blanco, o si hace que voten por determinado candidato o partido político, habrá sanciones carcelarias de 4 a 9 años y una multa de 400 a 1200 salarios mínimos.
“Todo esto es muy importante que la ciudadanía lo conozca. Queremos que los ciudadanos sean conscientes de estos delitos y los denuncien. Hemos coordinado a través de la Comisión de seguimiento electoral la unidad de reacción inmediata para delitos electorales y hemos abiertos canales de denuncia”, finalizó diciendo el Secretario.
Por último, mediante el Decreto 2821 de 2013, el Ministerio del Interior creó la Comisión Nacional para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales (Uriel). Esta instancia tiene por objeto realizar las actividades necesarias para asegurar y garantizar el normal desarrollo de los procesos electorales, el cumplimiento de las garantías electorales y la salvaguarda de los derechos y deberes de los partidos y movimientos políticos.
Entre el 1 de enero y el 15 de agosto de 2019, se presentaron 52 casos de conductas que vulneraron los derechos de precandidatos, candidatos, veedores ciudadanos o impulsores de iniciativas ciudadanas.
Advertencia de la MOE
Por su parte la Misión de Observación Electoral, MOE, advirtió ayer que la capital del país debe concretarse en acciones pedagógicas y de vigilancia en 163 puestos de votación. Y es que, de acuerdo con la Misión, para estas elecciones existe esa misma cantidad de puestos de votación en Bogotá con atipicidades en su comportamiento electoral y que podrían dar indicios de posible manipulación indebida de tarjetones, así como de compra y venta de votos.
La MOE en la ciudad elaboró un mapa de riesgos a partir del estudio de variables atípicas de comportamiento electoral en el que tuvo en cuenta los datos de las elecciones locales de 2007, 2011 y 2015. Allí se analizaron los 611 puestos de votación registrados para determinar en donde se registran comportamientos atípicos en los tarjetones no marcados, los votos nulos y los niveles de participación.
Aura Rodríguez, coordinadora de la MOE en Bogotá señaló que, “respecto de 2015 observamos un aumento de puestos de votación en riesgo electoral. Mientras en las pasadas elecciones teníamos 128 puestos de especial vigilancia, este año pedimos a las autoridades electorales y del distrito observar con atención 163 puestos”, puntualizó ayer la coordinadora.
De esta manera, Ciudad Bolívar, Usme, San Cristóbal y Suba son las localidades con mayor cantidad de puestos de votación en riesgo y en donde se ha solicitado a las autoridades locales una especial vigilancia, tanto desde el punto de vista de posibles hechos de corrupción propiciados por las campañas y jurados de votación de esos puestos, como desde el punto de vista de capacitación a los actores electorales, de tal manera que las atipicidades encontradas puedan ser corregidas.