Los trabajadores que por efecto de la emergencia sanitaria declarada por la pandemia del Covid-19 debieron desde que se decretó la cuarentena preventiva trasladar la labor a su casa, se beneficiarán con un auxilio de conectividad.
Así lo determinó el Gobierno a través del Decreto 771 expedido este 3 de junio y que establece que dicho beneficio será para quienes devenguen hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.
“De manera temporal y transitoria, mientras esté vigente la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y de Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus Covid-19, el empleador deberá reconocer el valor establecido para el auxilio de transporte como auxilio de conectividad digital a los trabajadores que devenguen hasta dos (2) salarios mínimos legales mensuales vigentes y que desarrollen su labor en su domicilio. El auxilio de conectividad y el auxilio de transporte no son acumulables”, señala el mencionado Decreto.
En el mismo se aclara que dicho beneficio no será aplicable para quienes tienen el teletrabajo como modalidad de labor.