Una iniciativa para impedir que los adultos abusen de los niños induciéndolos a la mendicidad, radicó el senador John Milton Rodríguez, de Colombia Justa Libres.
Según dijo, entre los castigos contemplados por la iniciativa está remover la patria potestad a los padres abusadores.
“El proyecto de ley protege de manera especial a los menores de edad. Hemos visto un incremento en el abuso de los padres de familia y adultos contra los niños: los drogan y los usan como elementos de mendicidad en las zonas de frontera, en las calles y en las grandes urbes. Se le va a quitar la patria potestad a quienes permitan este abuso y se incrementarán las penas en un 50% a estas personas”, dijo el senador.
Según el autor del proyecto, “las cifras son impresionantes. De manera extraoficial se habla del 300% en el incremento de ese tipo de abuso contra menores. Creemos que el Estado debe tomar acciones y comprometerse para que esto deje de ocurrir. El fenómeno se presenta con inmigrantes y con nacionales. Queremos que se les garanticen sus derechos a todos los niños que están en nuestro territorio. Esto podría ser catalogado como trata de personas”.
Y agregó que “una vez los menores están en territorio colombiano son responsabilidad del Estado por lo que no podemos excluir a los inmigrantes. La Fiscalía, Bienestar Familiar tienen procedimientos para determinar si el padre usa al hijo en su propio beneficio. Es diferente el asunto de los padres que tienen que cargar con sus hijos porque no los pueden dejar con nadie”.
Según el articulado del proyecto adiciona al Código Penal un artículo que permite aumentar las penas “en una tercera parte de la mitad cuando para la comisión de un delito se someta a un niño, niña o adolescente a la ingesta de sustancias psicoactivas que inhiban su razón, juicio o voluntad, con fines de mendicidad o similares”, además la pena se aumentará en la mitad si para fines delictivos se utiliza a un menor de 18 años.
El articulado es claro que al usar menores para la mendicidad esto “dará lugar a la perdida de la patria potestad o custodia, previo al procedimiento legal vigente, adelantado por la autoridad administrativa o judicial según sea el caso”.
Según la exposición de motivos de la iniciativa es urgente que la familia, la sociedad y el Estado, “adelanten acciones tendientes a garantizar el ejercicio de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, como corresponsables de su atención, cuidado y protección”.
“Lo anterior, dado que un lamentable número de niños, niñas y adolescentes en Colombia, a diario, son sometidos a tratos que atentan contras sus derechos al ser alquilados por sus padres o cuidadores a personas que tiene como actividad la mendicidad en calle, modalidad que se conoce con el nombre de mendicidad ajena; quienes para usar al niño, niña o adolescente deben someterlo a la ingesta de cualquier sustancia química que altere su comportamiento inhibiendo sus sentidos, generando un estado de adormecimiento, enajenación de su voluntad con el extraño que generalmente lo carga en brazos o lo lleva de la mano y evitando sospechas con el transeúnte a quien se le pide limosna, con el agravante de las consecuencias físicas o psíquicas generadas por el uso de sustancias químicas sobre la humanidad de los niños, que puedan causar dependencia, daños irreparables o incluso la muerte”, asegura el proyecto.
Así mismo, sostiene que la misma Corte Constitucional reconoce la especial protección de los derechos de los niños, “como aparece en la Declaración de Ginebra de 1924 sobre los Derechos del Niño, en la Declaración de los Derechos del Niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1959, y reconocida en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos”.
La iniciativa aclara que este proyecto no tiene impacto fiscal, pues las autoridades encargadas de la protección de los menores, como el ICBF y la Fiscalía General de la Nación adelantan acciones para proteger a los menores de la mendicidad y del abuso de sustancias psicoactivas.