En el Código de Policía se basa jurídicamente la medida cuyo borrador fue divulgado ayer por el Gobierno para enfrentar con la dosis personal de drogas el microtráfico y las bandas de expendedores alrededor de colegios y universidades.
Así lo advirtió ayer la ministra de Justicia, Gloria Borrero, quien explicó que la disposición se adoptará por medio de un decreto que estará listo en unos 15 días.
Borrero indicó que desde 2013 el Observatorio de Drogas de Colombia ha venido alertando que “nos convertimos en un país consumidor y no tenemos una política integral de lucha contra el consumo. Entonces dentro de esa política integral que estamos diseñando y que aún no está concluida, va a salir este decreto en 15 días, que es una media administrativa”.
La alta funcionaria aseguró que la medida no busca penalizar el porte de dicha dosis, sino impedir que la sustancia se consuma en espacios públicos.
“El decreto es una medida administrativa para incautar la droga que porte o consuma un ciudadano en espacio público”, dijo Borrero a la salida de un encuentro con la bancada del Centro Democrático.
Según el borrador, el decreto establece que el decomiso “se aplicará únicamente a las presuntas infracciones derivadas del porte y tenencia de las cantidades de dichas sustancias que las normas vigentes determinan como dosis personal. El porte y tenencia de cantidades que excedan la dosis personal serán judicializados de conformidad con la normatividad vigente”.
El proyecto de decreto establece que en el “evento en que el presunto infractor, una vez surtido el trámite del proceso verbal inmediato de que trata el (artículo) 222 del Código Nacional de Policía y Convivencia, sea encontrado como responsable de un comportamiento contrario a la convivencia relacionado con el porte de sustancias estupefacientes o sicotrópicas, procederá a imponer, en todo caso, la medida correctiva de destrucción del bien, sin perjuicio de las demás a las que hubiere lugar”.
Será decomisada por la policía la dosis personal que porte un ciudadano en la calle de marihuana, cocaína o sustancias derivadas de la cocaína, heroína o derivados de la amapola, drogas sintéticas; así como cualquiera de las sustancias naturales o sintéticas que figuran en la listas I y II de la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y su Protocolo de Modificación, hecho en Ginebra el 25 de marzo de 1972.
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Proceso verbal inmediato
El proceso verbal se fundamenta en el citado artículo, que fija que así se tramitarán “los comportamientos contrarios a la convivencia, de competencia del personal uniformado de la Policía Nacional, los comandantes de estación o subestación de Policía y los comandantes del Centro de Atención Inmediata de Policía”.
Una vez identificado el presunto infractor, la autoridad de Policía lo abordará en el sitio donde ocurran los hechos, si ello fuera posible o, en aquel donde lo encuentren, y le informará que su acción u omisión configura un comportamiento contrario a la convivencia.
En este caso la medida prevé la posibilidad de que la Policía retorne la dosis a quien demuestre que es adicto. “Si es adicta puede decirle a la policía ‘soy adicta’, y lo puede probar porque tiene un certificado médico que diga que es adicto (…) Adicionalmente puede estar el testimonio de los padres, puede estar el testimonio de la profesora del colegio que diga que es un adicto”, explicó.
No se penaliza dosis
La Ministra explicó que “no vamos a penalizar la dosis mínima, aquí no va a haber cárcel para el que porte su dosis mínima, pero se le va a incautar porque el Código de Policía prohíbe el porte y el consumo en espacios públicos. Entonces estamos reglamentando el Código de Policía para darle instrucciones a la Policía de cómo debe ser el debido proceso para esa incautación”.
Añadió que “estamos tomando una medida administrativa para realmente apartar a los vendedores de los colegios y de las universidades”. Destacó también que “vamos a hacer una política integral que va desde la prevención, desde la educación, que va desde la atención de salud”.
Añadió además que “estamos también apoyando la iniciativa legislativa del Fiscal, donde el legislador hace una presunción de qué se entiende por dosis de aprovisionamiento”.
Inquietudes
Los expertos consultados por EL NUEVO SIGLO dijeron que acompañan el ataque frontal al microtráfico, pero pusieron sobre la mesa algunas inquietudes.
Óscar Palma, exdirector del Observatorio de Armas y Drogas Ilícitas de la Universidad del Rosario, manifestó que entiende “la naturaleza de la medida tratando de atacar más frontalmente a las estructuras, a las redes del narcomenudeo, pero hay otra serie de estrategias que pueden ser más útiles: la infiltración de las redes propiamente dichas, una persecución policial y judicial a las redes como tal y a los vendedores”.
También destacó que uno de los problemas que observa en la iniciativa es que el decomiso de la sustancia se hace sin tener en cuenta “si es una persona que está haciendo un consumo por experimentación, por consumo recreativo”.
Por su parte, el consultor internacional en seguridad, John Marulanda, dijo que “creo que empezamos por atacar la parte final de la cadena del narcotráfico, que es el consumidor, y todavía no tenemos claro cómo se va a atacar la parte inicial de la cadena, que son los sembradíos. Y lo más importante, no sabemos cómo se va a seguir atacando la parte fundamental de eso, que es la parte económica, el negocio”.
Otra observación de Marulanda es que si bien “el consumo en las calles y en los sitios públicos está establecido por el Código de Policía, lo que daría solamente opción para el consumo en áreas privadas o restringidas, pero es que a esas áreas privadas pues tiene alguien que llevar la sustancia. Y entonces si la persona va por la calle con una dosis mínima, si van a carnetizar a todos los que están consumiendo dosis mínima la parte logística ya empieza a fallar, ¿quiénes se van a carnetizar y quiénes no”.