Adoptar medidas eficientes y fortalecer la atención a los delitos de violencia intrafamiliar es el objetivo de un proyecto de ley aprobado en segundo debate por la plenaria del Senado.
De acuerdo con el senador Carlos Guevara, del partido MIRA y quien actuó como ponente, la propuesta tienen como fin precisar a los sujetos de violencia intrafamiliar, incluyendo a los agresores: exesposos, excompañeras, cuidadores, parejas o exparejas. Así mismo, castigar a reincidentes, precisar principio de publicidad, prácticas anticipadas de pruebas y abreviar proceso.
“Proponemos que este delito sea de violencia intrafamiliar, habrá un agravante por ser reincidente y por ser una mujer la agredida y se recortan las audiencias para que en menos de un año pueda tener un juicio justo y rápido", afirmó Guevara.
El congresista dijo que “el proyecto de ley de la Fiscalía General de la nación, pretende acabar con la impunidad en violencia intrafamiliar, acortar el proceso judicial y no revictimizar a los agredidos”, debido a que según Guevara, el “96% de los casos terminan en impunidad y el 92% de agresores son reincidentes”.
El proyecto se centra en el delito de violencia intrafamiliar, particularmente en aumentar las penas en caso de reincidencia, y precisa que el tipo penal de violencia intrafamiliar podrá configurarse cuando se ejerza en contra de sujetos pasivos, con determinadas calidades como la de cónyuges separados o divorciados, así como padres de familia, aunque no convivan.
Según la exposición de motivos del texto, la violencia intrafamiliar está tipificada como un “delito autónomo desde la expedición de la Ley 294 de 1996”. Dicha conducta, ha sufrido modificaciones en relación a si debe ser de carácter querellable o no las penas a imponer, la exclusión de la modalidad sexual de la violencia intrafamiliar y las medidas de protección y asistencia a favor de las víctimas.
En particular, “la Ley 882 de 2004 amplió la circunstancia de agravación a los eventos en los que la conducta constitutiva de violencia intrafamiliar se ejerza contra un menor de edad, una mujer, un adulto mayor o una persona que está en incapacidad o disminución física, sensorial y psicológica o quien se encuentre en estado de indefensión”, cita el documento.
Cabe recordar, que el proyecto fue radicado en el Congreso el pasado 2 de octubre de 2017 por la vicefiscal María Paulina Riveros. Fue aprobado en primer debate el 6 de junio del presente año. Ahora, tras haber sido aprobado en plenaria del Senado en segundo debate hará tránsito en la Cámara.