Desde este viernes la ejecución de los proyectos de agua potable y saneamiento básico serán contratados mediante la implementación de pliegos tipo, los cuales son lineamientos estandarizados con los que se definen las condiciones habilitantes y los factores técnicos y económicos, entre otros, para la escogencia de contratistas. De esta forma sigue extendiéndose este mecanismo a distintos sectores previsto en la Ley 2022 de este año, parar blindar de la corrupción en la contratación pública.
“Esta es una excelente noticia para el país, el sector de agua se convierte en el segundo sector después de transporte en adoptar los pliegos tipo, y en el primero en adoptar pliegos tipo para la contratación de obras bajo la modalidad de llave en mano o por etapas, con lo cual se busca promover la pluralidad de oferentes y la selección objetiva de los ejecutores de obras”, señalo el ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, Jonathan Malagón.
Añadió que esta medida también es un “compromiso que se da en el marco de la reactivación económica que impulsa el presidente Duque que, en el capítulo de agua, ha identificado cerca de 185 proyectos a realizar en el país, con una inversión aproximada de 2,2 billones de pesos”.
El ministro Malagón sostuvo que la adopción de los pliegos tipo en el sector de agua es una apuesta del Gobierno Nacional para incrementar la transparencia, la pluralidad de oferentes y simplificar los trámites de contratación para la ejecución de los proyectos de agua potable y saneamiento básico, los cuales mejoran la calidad de vida de los colombianos.
Agregó el funcionario que el Ministerio de Vivienda en alianza con Colombia Compra Eficiente desarrolló “intensas jornadas de trabajo para la configuración, expedición y adopción de pliegos y documentos tipo, teniendo en cuenta los principios de eficiencia y transparencia”.
Para ello, señaló, se realizaron mesas de trabajo entre las dos entidades y se desarrollaron jornadas de socialización de los pliegos con la ciudadanía. “Lo que sigue es el acompañamiento a las regiones en el proceso de reactivación económica respetando la autonomía administrativa de quienes lideraran la contratación de los proyectos, con la aplicación de esta nueva herramienta jurídica que permitirá la mejora en los trámites de la contratación estatal”, sostuvo el Ministro.
Entre tanto, el viceministro de Agua, José Luis Acero, aseguró que además de las ventajas mencionadas por el ministro Malagón se destaca la reducción de los tiempos de la preparación de ofertas y de estructuración de los procesos, y la promoción de documentación clara e integrada que se adapta a las necesidades de las entidades estatales y permite la amplia participación de oferentes.
Añadió el viceministro Acero que ahora “tendremos menores tiempos, tanto para la estructuración de los procesos de selección al interior de las entidades contratantes, como para la confección de las ofertas a cargo de los proponentes. Así mismo, con la aplicación de pliegos tipo, se incrementa la confianza en el sector ya que es posible incentivar en mayor medida los principios de transparencia y selección objetiva, mitigando riesgos de direccionamiento de los procesos de contratación a proponentes determinados, promoviendo en las regiones una reactivación económica mediante una contratación expedita, clara y transparente”, concluyó el viceministro Acero.
Antecedentes
La adopción de los pliegos tipo en la contratación pública era uno de los puntos de la consulta anticorrupción del 2018, que finalmente se hundió porque no alcanzó el umbral de participación. Sin embargo, el Gobierno nacional junto con los partidos conformó posteriormente a esa consulta una mesa técnica en donde se escucharon las propuestas para sacar adelante a través de proyectos de ley estas iniciativas.
Producto de ello fue aprobado en el Congreso de la República el proyecto de ley que establece los pliegos tipo en la contratación pública, que finalmente se convirtió en la Ley 2022 del presente año.
La norma ordena que “se adoptará documentos tipo que serán de obligatorio cumplimiento en la actividad contractual de todas las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Dentro de estos documentos tipo, se establecerán los requisitos habilitantes, factores técnicos, económicos y otros factores de escogencia, así como aquellos requisitos que, previa justificación, representen buenas prácticas contractuales que procuren el adecuado desarrollo de los principios que rigen la contratación pública”.