Aceptan demanda contra congresistas por aportar a 'vaca' para vías 4G | El Nuevo Siglo
La demanda se basa en una posible transgresión del régimen de inhabilidades e incompatibilidades / Foto: Invías
Miércoles, 10 de Abril de 2024
Redacción Web

El Consejo de Estado admitió la demanda interpuesta contra ocho congresistas que participaron en la controvertida "vaca" para financiar las vías 4G en Antioquia, planteando serias implicaciones sobre sus investiduras parlamentarias.

La demanda se basa en una posible transgresión del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, dado que la donación voluntaria se interpreta como un tipo de acuerdo contractual, y a los legisladores se les prohíbe formalizar contratos con entidades públicas. La consecuencia prevista por infringir este régimen es la destitución del cargo.

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Desde que se conociera la demanda presentada por el abogado Carlos Mario Patiño, los congresistas involucrados estan bajo escrutinio público y judicial. 

Entre los legisladores señalados se encuentran:

  • Paloma Valencia: Senadora del Centro Democrático.
  • Esteban Quintero: Representante a la Cámara por Antioquia.
  • Andrés Guerra: Representante a la Cámara por Antioquia.
  • María Fernanda Cabal: Senadora del Centro Democrático.
  • Juan Fernando Espinal: Representante a la Cámara por Antioquia.
  • Hernán Darío Cadavid: Representante a la Cámara por Antioquia.
  • John Berrio: Representante a la Cámara por Antioquia.
  • Julián Peinado Ramírez: Representante a la Cámara del Partido Liberal.

Patiño fundamenta su acusación en una presunta violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, sosteniendo que los aportes realizados a la "vaca" constituyen un tipo de contrato con la Gobernación de Antioquia, acción prohibida para los congresistas según el artículo 180-2 de la Constitución Política de Colombia.

En palabras del demandante: “Los demandados incurrieron en la causal Primera del artículo 183 de la Constitución, violación del régimen de inhabilidades e incompatibilidades en el entendido que incurrieron en la causal de violación de este régimen establecido en el artículo 180- 2; Gestionar, en nombre propio o ajeno, asuntos ante las entidades públicas o ante las personas que administren tributos, ser apoderados ante las mismas, celebrar con ellas, por sí o por interpuesta persona, contrato alguno”.

La Procuraduría también se pronunciará sobre el caso, añadiendo un componente institucional crucial a este litigio que ha captado la atención nacional.