El Gobierno Nacional dio este jueves las instrucciones para la transición gradual y progresiva en la prestación presencial de los servicios a cargo de las entidades públicas del orden nacional.
De acuerdo con el documento que expidió el ejecutivo, serán los representantes legales de las entidades quienes deberán ordenar los protocolos de bioseguridad adoptados por cada entidad, que deberán:
1. Retomar de forma gradual y progresiva el trabajo presencial, para lo cual a partir del mes de septiembre de 2020 las entidades públicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional procurarán prestar sus servicios de forma presencial hasta con un 30% de sus servidores y contratistas, de tal manera que el 70% restante continúe realizando trabajo en casa.
2. Adoptar en lo posible, y de acuerdo con las necesidades del servicio, horarios flexibles que eviten aglomeraciones en las instalaciones de la entidad y en el servicio de transporte público.
3. Habilitar los parqueaderos de la entidad para que las personas que lo deseen puedan trasladarse a la oficina en bicicleta y tengan en donde guardarlas. Las entidades que cumplan funciones o actividades estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del nuevo Coronavirus Covid-19, o para garantizar el funcionamiento de los servicios del Estado que deben prestarse de manera presencial, no estarán sujetas a lo señalado en el numeral 1.
De igual manera, el Gobierno Nacional exhortó a las demás ramas del poder público, a los entes autónomos, a los organismos de control ya las entidades territoriales a adoptar las anteriores directrices.