En primera instancia, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) sancionó a las sociedades Telmex Colombia S.A. y Telmex Telecomunicaciones S.A. E.S.P., con una multa de 2 mil salarios mínimos mensuales legales vigentes, equivalentes a 1.179 millones de pesos.
La decisión, divulgada ayer por el organismo de control, obedece a que las compañías vulneraron reiterada y sistemáticamente “las disposiciones que regulan la recepción, trámite y resolución de peticiones, quejas y recursos, conocidos como PQR´s presentadas por sus usuarios”.
Fue mediante Resolución No. 64478 de 2013 que la Superintendencia de Industria y Comercio impuso la multa más alta permitida por la Ley 1341 de 2009, que es la Ley de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), en materia de protección de usuarios de servicios de comunicaciones.
Adicionalmente, la SIC determinó que las empresas deberán atender favorablemente las solicitudes presentadas por los usuarios en las respectivas PQR´s, lo cual aplicará también de ahora en adelante.
La indagación fue adelantada por la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones de la Superintendencia que advirtió en la decisión, “que la omisión de las empresas de comunicaciones desconoce el principio de calidad en la atención de los usuarios y, en particular, su derecho a presentar PQR´s para que sean atendidas, tramitadas y resueltas dentro de los 15 días”, que le otorga la ley.
Así lo establece lo previsto en el artículo 39 de la Resolución 3066 de 2011 de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) y el artículo 23 de la Constitución Política, en violación de los preceptos fijados en la Ley 1341 de 2009.
Cabe recordar que contra la sanción de primera instancia, proceden los recursos de reposición y apelación ante la misma Superintendencia de Industria y Comercio.