El castigo o multa para las empresas que conforman ‘carteles’ para fijar ilegalmente precios al mercado, deberían ser proporcionales a las ganancias que obtienen de forma desleal.
Así lo destaca la investigación “Análisis de las Multas por Fijación de Precios en Colombia”, realizada por Ivonne Cárdenas, estudiante de la Maestría en Ciencias Económicas de la Universidad Nacional y dirigida por el profesor Óscar Benavides.
Este trabajo que fue presentado en el segundo Seminario del Centro de Investigaciones para el Desarrollo (CID) de este año, denominado Los carteles en Colombia: teoría y políticas, señala que con estas sanciones se puede disuadir la fijación ilícita de precios a la que acuden varias empresas oligopólicas, práctica que afecta el bolsillo y la calidad de vida de los ciudadanos.
Sostiene el estudio que con las herramientas jurídicas actuales, se requeriría entre 189 y 197 años de sanciones con el panorama actual de esta práctica ilegal.
En el trabajo se propone cambiar la penalidad fija, que opera en el momento, por una proporcional a las ganancias obtenidas por este tipo de prácticas ilegales, comúnmente conocida como formación de carteles.
Según se concluye en el estudio, para que el actual sistema de sanción llevara a una fijación de precios equivalente a cero y no afecte a los consumidores, en el esquema actual, se tendría que ejecutar multas tan altas que prácticamente quebrarían a las empresas, y según el profesor Benavides ese no es el objetivo. Por el contrario, si las sanciones son proporcionales a las ganancias obtenidas y se continúa con la política de delación, las estimaciones sugieren que este tipo de prácticas se reduciría de manera significativa.
Sobre el tema, Juan Pablo Herrera, coordinador del Grupo de Estudios Económicos de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), profesor de la Universidad Nacional de Colombia y comentarista invitado a la segunda sesión del seminario CID, explicó que el país mejoró en la detección y castigo de las prácticas colusivas por dos hechos fundamentales.
Por un lado, puso en marcha una política de delación (en otros países llamada ‘ley de sapos’), en la que individuos pertenecientes a los carteles denuncian acciones ilegales por fijación de precios y reciben trato judicial preferencial por su colaboración. Por otro lado se fijaron multas fijas mucho más altas con el fin de persuadir a los infractores.
“Desde hace seis años Colombia tiene un sistema de delación, pero las empresas comenzaron a utilizarlo solo hasta el año pasado. Lo que sucedía era que antes de la Ley 1340, nuestro régimen en materia de sanciones imponía un techo máximo de multas muy bajo para las personas jurídicas que trasgredieran las normas sobre competencia. Esto no significaba mayor pérdida para empresas con un volumen de ventas de millones de millones de pesos, pues pagaban la sanción y se mantenían en la práctica anticompetitiva”, explicó el profesor Herrera.
El comentarista añadió que en el 2009 el Gobierno tomó una decisión drástica al pasar de imponer multas de 2.000 salarios mínimos legales vigentes a 100.000. Es decir, se ascendió de 1.300 millones de pesos a más de 60.000 millones de pesos como techo máximo. Esto llevó a que se pudieran ejecutar sanciones como la impuesta a Comcel, en el 2013, por 87 mil millones de pesos. En este caso, para lograr una pena monetaria por arriba del tope permitido por ley, la SIC decidió castigar cada conducta infringida por esta empresa de telecomunicaciones.